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Órgano de coordinación interinstitucional
El Consejo de Estado ha estado presente en los textos constitucionales de 1828, 1834, 1839 y 1920, principalmente como un órgano consultivo del Poder Ejecutivo.
Sin embargo, hoy en día, el Consejo de Estado no tiene una función consultiva, sino que pretende ser un centro de coordinación interorgánica al más alto nivel, en el que se adoptan recomendaciones y decisiones dirigidas a enfrentar, de manera coherente y eficiente, una determinada problemática que afecta al país.
Aunque su conformación ha ido variando con los años, actualmente son convocados por el presidente de la República los presidentes del Congreso de la República y el Poder Judicial, así como los titulares de la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público, el Tribunal Constitucional y la Contraloría General de la República. Ahora bien, dependiendo de la temática de la sesión, también han participado otras instituciones como el Jurado Nacional de Elecciones.
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Sin regulación: la práctica ha impuesto el rol del Consejo de Estado
El Consejo de Estado es una institución cuyo funcionamiento ha obedecido a una práctica política medianamente sostenida a través del tiempo, por decisión de los gobiernos de turno, pese a no encontrarse actualmente regulada en nuestro ordenamiento jurídico.
La convocatoria al Consejo de Estado ha sido una práctica recurrente de los gobiernos frente a situaciones de crisis:
GOBIERNO
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MOTIVOS
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Alejandro Toledo
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- Reforma del Poder Judicial
- “Andahuaylazo”
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Alan García
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No se convocó
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Ollanta Humala
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- Fortalecer la seguridad ciudadana
- Lucha contra la corrupción
- Seguridad nacional (espionaje)
- Estado de emergencia en el Callao
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Pedro Pablo Kuczynski
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- Corrupción en el Poder Ejecutivo (caso Moreno)
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Martín Vizcarra
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- Corrupción en el CNM (caso Cuellos Blancos)
- Pandemia por la COVID-19
- Reformas constitucionales que eliminan prerrogativas de altos funcionarios
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Francisco Sagasti
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- Pandemia por la COVID-19
- Elecciones Generales 2021
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En suma, de la experiencia reciente se constata que, en muchas ocasiones, su convocatoria ha respondido a un intento de articular las competencias de los órganos estatales para hacer frente a los más graves problemas que enfrenta el país.
Sin embargo, también se advierte que el Consejo de Estado, por su configuración, ha estado sujeto al criterio de oportunidad e intereses políticos de los gobernantes de turno.
Ello deriva de la falta de institucionalidad de este espacio de coordinación. Así, a la fecha, no existen actas o un registro de los acuerdos adoptados, o cuando menos que se hayan hecho públicas, ni se ha verificado su cumplimiento. Además, su convocatoria no siempre ha tenido como objetivo diseñar e implementar políticas públicas transversales, sino tan solo exponer decisiones ya adoptadas por el Gobierno.