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PJ: Presidentes de salas deberán presentar informes de productividad

PJ: Presidentes de salas deberán presentar informes de productividad

Los presidentes de las salas de la Corte Suprema deberán elaborar cada mes un informe sobre la labor jurisdiccional de cada magistrado supremo, y remitirlo a la Oficina de Productividad Judicial. Lo mismo deberán hacer los presidentes de las salas superiores respecto de los magistrados de dicho nivel. Más detalles aquí. [Resolución Administrativa Nº 000316-2021-CE-PJ]

Por Redacción Laley.pe

martes 28 de septiembre 2021

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Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (PJ) estableció que la información recabada de los presidentes de las salas especializadas de la Corte Suprema sobre la labor jurisdiccional de cada juez, servirá para el análisis y el pronunciamiento que corresponda.

Asimismo, se indicó que las Oficinas Distritales de Productividad Judicial recibirán la información sobre la labor jurisdiccional que remitan los presidentes de las salas superiores especializadas y mixtas de las cortes superiores de Justicia del país.

Se establece que los presidentes Cortes Superiores deberán remitir al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial una copia de la mencionada información, para su análisis por la Oficina de Productividad Judicial.

Toda esta información también deberá ser remitida a la Junta Nacional de Justicia (JNJ).

Así lo estableció el Consejo Ejecutivo en la Resolución Administrativa Nº 000316-2021-CE-PJ.

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¿Qué deberá indicar cada informe?

En la resolución administrativa del PJ, se establece que los magistrados deberán indicar los siguientes temas:

a) Número de ponencias;

b) Votación de causas;

c) FIrma de las resoluciones

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¿Cómo se presentarán estos informes?

 

La Oficina de Productividad Judicial elaborará un formato digitalizado, a través del cual se presentarán todos los informes de productividad que deberán presentar los magistrados.

Para tal fin, la Oficina de Productividad Judicial contará con el apoyo de la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial.

Lea y/o descargue la resolución completa aquí.

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