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Destituyen a juez que «copió y pegó» todos los argumentos de la demanda de amparo como fundamentos de su sentencia

Destituyen a juez que «copió y pegó» todos los argumentos de la demanda de amparo como fundamentos de su sentencia

Por Redacción Laley.pe

jueves 3 de noviembre 2022

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La Junta Nacional de Justicia destituyó al juez Antonio Eduardo Escobedo Medina por vulnerar el deber de impartir justicia con respeto al debido proceso, al copiar y pegar todos los argumentos de la demanda de amparo como fundamentos de su sentencia.

En concreto, de acuerdo a la resolución a la que tuvo acceso Laley.pe, se vulneró el debido proceso en su expresión de motivación de las resoluciones judiciales que consagra nuestra Constitución Política del Perú. El juez no desarrolló una análisis sobre la posición de las partes para emitir la sentencia y culpó a su asistente judicial. 

¿Qué dijo en su defensa? 

A su turno, el juez admitió que en su sentencia extrajo ciertos argumentos planteados por la demandante del amparo, pero aseguró que su fallo estuvo debidamente sustentado. También dijo que su asistente fue quien copió los argumentos contenidos en la demanda. 

En sus descargos, el juez explicó que sí analizó la demanda y que intruyó a su asistente para que elabore la estructura que la sentencia debía exhibir, sin embargo, al entregarle el documento, el juez no revisó el contenido del documento, de acuerdo a lo que el mismo reconoció en su defensa.

Es decir, no contrastó los argumentos que supuestamente había consignado el asistente. Así, con ánimos de minimizar su falta, el juez dijo que actuó de manera negligente, pero no intencionalmente. 

¿Cómo resolvió la JNJ?

En la resolución de la JNJ se examinaron todos los párrafos de la sentencia del juez. En un total de ocho páginas se exhibió un cuadro comparativo, en cuyo contenido se evidenciaron todos los apartados transcritos. Luego de exponer estas evidencias, la JNJ determinó que el juez transcribió la misma estructuración del texto, el uso idéntico de signos de puntuación, los conceptos iguales del uso de mayúsculas y recurrió a las mismas citas doctrinales y jurisprudenciales, e incluso, los mismos errores tipográficos. 

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Tal como se muestra en la imagen, la demanda fue copiada en todos sus extremos. 

En la resolución emitida por la JNJ, los vocales se pronunciaron sobre la responsabilidad que el juez le atribuyó a su asistente. Al respecto, sostuvieron que el propio abogado indicó que conocía los términos que utilizaron al plantear la demanda, pues la leyó y examinó, antes de comentarle a su asistente la estructura de la sentencia. Finalmente, en la resolución se explica que  el propio juez dijo durante el proceso que recibió mucha presión mediática, por ende, debió involucrarse mucho más.

En tal sentido, el contenido de la Resolución N°13 es responsabilidad del investigado y se constituye en la expresión de su decisión, con independencia de quién lo haya redactado. (…) para el investigado la ausencia evidenciada en la resolución de la evaluación y análisis respecto de los argumentos planteados por los demandados y litisconsorte no supuso una vulneración al deber de motivación sino acaso una manera «ligera», como lo ha señalado, de exponer el caso. 

En consecuencia, la transcripción advertida y la ausencia de análisis evidenciada son completamente atribuibles al investigado y no pueden sostenerse en un actuar negligente o «ligero» sino en una acción intencional con pleno conocimiento no sólo de los hechos sino del contenido de su decisión y las consecuencias de esta en relación con las partes intervinientes; de otro modo, no es posible encontrar una justificación razonable para la actuación del investigado respecto de los cargos atribuidos.

 

¿Qué ha dicho la Corte IDH sobre las destitución de jueces y fiscales?

Caso Cuya Lavy y otros vs. Perú. Este caso se relaciona con una serie de violaciones de derechos humanos durante un proceso de evaluación y ratificación de fiscales y jueces, por el Consejo Nacional de la Magistratura  (CNM). Es importante recordar que la CNM fue reemplazada por la Junta Nacional de Justicia.

En este caso, la Corte IDH evaluó los derechos que gozan los jueces y fiscales al ser evaluados para su ratificación. En la sentencia se indica que el proceso de ratificación de jueces y fiscales no es un procedimiento disciplinario, pero debe ser tratado como tal, pues es materialmente sancionatorio, ya que contempla la posibilidad de destitución de los funcionarios evaluados en casos de incompetencia o bajo rendimiento, debiendo aplicarse las garantías del debido proceso legal, tales como:

a) el deber de motivación

b) el derecho a conocer previa y detalladamente la acusación formulada y de tener el tiempo y los medios adecuados para la defensa

c) los derechos políticos.

Destituyen a juez que «copi… by Redaccion La Ley – Perú

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