Viernes 26 de abril de 2024 | Suscríbete al Newsletter de La Ley

El contenido legal de la moda

El contenido legal de la moda

La autora afirma que el Derecho de la Moda o Fashion Law, como se le conoce en otros países, involucra diferentes aspectos de múltiples ramas del derecho, como son la propiedad intelectual, propiedad industrial, derecho laboral y, en general, el derecho corporativo. Por ello propone una futura regulación sobre el particular.

Por Denissela De Vettori

jueves 18 de mayo 2017

Loading

[Img #14694]

Seguramente al leer el título de este artículo y ser los lectores de esta plataforma en su mayoría profesionales del Derecho, ha surgido la siguiente pregunta: ¿la moda tiene contenido legal? Pues sí, si lo tiene. Es una especialización que desde hace un tiempo está tomando forma y fuerza en nuestro país, y que involucra a la aparición de Gamarra hace más de 30 años atrás, diseñadores de moda, desfiles, escuelas de moda, fotógrafos, agencias de modelos, retails, grandes centros comerciales, bloggers de moda, etc. Todos estos actores han colaborado en formar «la gran y emergente industria de la moda peruana».

La industria de la moda reviste importancia económica  no solo por los billones que genera en ventas y su impacto en el PBI de muchos países, sino que, además, detrás de ella, se encuentra toda una maquinaria constituida por millones de personas empleadas en este sector. Como toda industria –y, en el caso de nuestro país, en proceso de expansión (así como lo estuvo alguna vez la gastronomía)–, presenta problemas legales, más aun si la vemos desde un punto de vista que no es para nada un tema banal: si bien es cierto que la moda siempre ha sido enmarcada, en mi opinión equivocadamente, como un tema meramente aspiracional, esto no es así porque sería imposible alcanzar algo que siempre es aspiracional, cuando convive con los seres humanos todos los días. Es decir, es un tema que tiene una carga social, pues del mismo modo como debemos alimentarnos también debemos vestirnos todos los días. Y, de acuerdo al estilo de vida que llevemos, necesitamos ropa adecuada para desarrollarnos; por ello, esta industria es del día a día, y eso lo supo aprovechar a tal manera que vistiendo a la gente un hombre llamado Amancio Ortega (dueño de ZARA e INDITEX), ostenta el título del segundo hombre más millonario del mundo y alguna vez fue el más millonario. 

Entonces en este orden de ideas, esta industria necesita ser regulada de manera especializada. Pero me imagino que muchos seguirán pensando, ¿qué de legal puede tener la  moda? Pues demasiado, al punto que el contenido legal de la moda se traduce en un “Derecho de la Moda”  o “ Fashion Law», término que comenzó a usarse en Estados  Unidos, y me complace desde mi posición de abogada que ya se tenga un “nombre” para esta especialidad del Derecho.

‪El Derecho de la Moda  o Fashion Law, como se le conoce en otros países, es considerado como  una disciplina jurídica que involucra diferentes aspectos de múltiples ramas del derecho, como son la propiedad intelectual, propiedad industrial, derecho laboral y en general, el derecho corporativo.‬ Sin embargo, lo que se intenta proteger a través de esta «disciplina jurídica» es la innovación y la creatividad de los diseñadores.‬‬ Siendo por ello que, ramas del derecho tan diversas como la propiedad intelectual o la competencia desleal confluyen hacia la protección del fruto del trabajo de los diseñadores y de la industria de ‬la moda, en general.‬‬

‪El INDECOPI a través de la  “Guía  de  Derecho de Autor  en la Industria de la Moda” (la que pueden encontrar en www.indecopi.gob.pe ) muestra los diferentes regímenes de protección que resultarían aplicables a los diseños de moda ; no obstante, resulta cuestionable su inclusión dentro del ámbito de aplicación.‬ Tema que por su amplitud no abordaremos en este artículo.‬

La industria de la moda no solamente abarca a  las prendas de vestir sino también a los accesorios (como bolsos o calzado, por ejemplo), la joyería y la perfumería; naturalmente, su difusión entre los consumidores requiere de vínculos con profesionales dedidcados a esta industria, como fotógrafos, modelos, stylist, maquilladores y la realización de actividades orientadas hacia dicho fin, como publicaciones, desfiles, promocioones, etc. Todo ello debe tener  un soporte legal.

Como profesional del derecho con una especialización en el tema y asesora legal en este rubro, he podido  identificar que no solo es una disciplina multidisciplinaria derivada del Derecho Corporativo, sino que también  tiene otros componentes como la responsabilidad social, protección al medio ambiente, apalancamiento financiero. En esa línea el abogado o asesor debe conocer el core bussiness de esta industria, sea a través de estudios de especialización, lectura autodidacta en medios especializados, dado que la moda evoluciona a la par de  la sociedad en todos sus ámbitos como la tecnología, educativo, etc.

Como  vemos  el ámbito de acción del Derecho de la Moda es amplísimo. La industria de la moda con las características especiales que tiene, no es como cualquiera, por lo que necesita un abogado, que si bien es cierto revisará un contrato como podría hacerlo para cualquier otra empresa, pero con el conocimiento de cómo se desenvuelve esta industria. Es necesario manejar términos propios del sector como por ejemplo saber lo que significa moodboard, cool hunter, colección cápsula, colección crucero, alta costura, stylist, etc. El  abogado de esta industria debe enmarcarse en el concepto del «Go to Lawyer», término anglosajón que engloba a los abogados que conocen el negocio de su clientes y no solo se limitan a la revisión de contratos, y son capaces no solo de solucionar problemas, sino de prevenirlos, así como de proponer soluciones mirando el  futuro, como en el caso del Derecho de la moda en nuestro  país, una futura  regulación al respecto.
 

Abogada por la Universidad de San Martín de Porres. Master en Derecho  Empresarial por la Universidad de Lima. Actualmente es asesora en la revista Podium Latinoamerica, de la Revista online Be Woman y de International Business Fashion Group.

NEWSLETTER DE LA LEY.PE

NOTICIAS RELACIONADAS