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¿Llegó el momento de regular las técnicas de procreación asistida?

¿Llegó el momento de regular las técnicas de procreación asistida?

La autora considera que no debería permitirse la contratación de vientres de alquiler. Asimismo, propone que debería crearse un registro de cedentes de gametos, y fijarse un máximo de de veces que una persona pueda ser cedente en su vida. Igualmente, considera que debería prohibirse la utilización de gametos provenientes de personas fallecidas.

Por Clara Mosquera Vásquez

lunes 10 de septiembre 2018

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Resuelta ya la apelación que interpuso la defensa de la pareja chilena que utilizó un vientre de alquiler para ser padres, y revocada la medida de prisión preventiva dictada en su contra, corresponde efectuar algunas precisiones de este caso que ha concitado la atención de la opinión pública en la última semana.

Sobre este caso se desprenden varios temas que merecen atención, siendo uno de ellos el referido a la medida de prisión preventiva que se dictó contra la pareja. Sabido es que para dictar una medida tan extrema no sólo debemos remitirnos a los presupuestos materiales de la prisión preventiva contenidos en el artículo 268 del Código Procesal Penal, sino que también debe analizarse la proporcionalidad de la medida, así como la duración de la misma, tal como lo exige la Casación Nº 626-2013-Moquegua1. Asimismo, al evaluarse los elementos de convicción presentados por el Ministerio Público deberá verificarse si generan sospecha grave, tal como lo ha señalado la Sentencia Plenaria Casatoria Nº 1-2017/CIJ-4332.

En el caso bajo comentario, al parecer no se efectuó un análisis minucioso de la solicitud de prisión preventiva presentada por el Ministerio Público, afirmamos ello pues si existía al menos la probabilidad de que el varón de la pareja fuese el padre biológico de los niños se caía la hipótesis del Ministerio Público de que se estaba frente a una presunta trata de niños al no existir sospecha grave de que la pareja esté vinculada al delito que se les imputa, y sencillamente no debió dictarse la medida de prisión preventiva, pues no olvidemos que dicha medida es la excepción, no la regla, la regla es que todo imputado debe concurrir al proceso en libertad, pues le asiste la presunción de inocencia, en todo caso, considerando que se trata de ciudadanos extranjeros se pudo dictar una medida de comparecencia con algunas de las restricciones señaladas en el artículo 288 del Código Procesal Penal. Felizmente la Sala de Apelaciones, con mejor criterio, revocó la medida de prisión preventiva y ya los imputados se encuentran en libertad y se han reunido con los niños.

Es interesante ver la celeridad con la que la apelación fue atendida, ello por tratarse de un caso mediático: la Sala de Apelaciones habilitó el día sábado para realizar la diligencia, y el INPE, que casi siempre observa los oficios de libertad de los imputados, en forma célere atendió la orden de excarcelación.

Ahora que ya se solucionó lo referido a la medida dictada contra la pareja chilena, el proceso va a continuar con ellos en libertad, pero debe quedar en agenda para el legislativo la dación de una ley sobre técnicas de procreación asistida, la que necesariamente debe seguir los Lineamientos para garantizar el ejercicio de la Bioética desde el reconocimiento de los Derechos Humanos3, documento que destaca el respeto de la persona humana y su inherente dignidad.

Así, practicas clandestinas como la contratación de vientres de alquiler no deben tener cabida, como ya lo señala el artículo 7 de la Ley General de Salud, asimismo, debería crearse un registro de cedentes de gametos y fijarse un máximo de veces que una persona puede ser cedente de gametos en su vida, también debería prohibirse la utilización de gametos provenientes de personas que ya han fallecido, pues así como van las cosas, no va a pasar mucho tiempo para que se vuelva a presentar un caso similar al de los ciudadanos chilenos dado que las técnicas de procreación asistida se aplican sin ningún control por parte del Estado a través del Ministerio de Salud.

Hace algunos años fuimos convocados, junto a diversos especialistas, a fin de trabajar en un proyecto de ley sobre técnicas de procreación asistida. Fue un arduo trabajo que concluyó con un valioso documento que, dada la coyuntura actual, debería ser desempolvado, revisado, corregido y presentado al Congreso para tener cuanto antes una Ley sobre Técnicas de Procreación Asistida.  

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