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Municipalidades podrán utilizar recursos del canon para construcción de viviendas

Municipalidades podrán utilizar recursos del canon para construcción de viviendas

La Ley N° 30848 acaba de establecer que ahora las municipalidades y los gobiernos regionales podrán destinar recursos del canon para el financiamiento de bonos familiares habitacionales destinados a proyectos de vivienda social. Conoce los detalles aquí.

Por Redacción Laley.pe

jueves 20 de septiembre 2018

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imagen: andina.pe

Se ha autorizado a los gobiernos regionales y locales que puedan utilizar los recursos del canon, en sus respectivas jurisdicciones, con la finalidad de financiar proyectos de vivienda social a través del Programa Techo Propio con el beneficio del Bono Familiar Habitacional (BFH) y el Programa Nacional de Vivienda Rural (PNVR).

Así lo dispone la Ley Nº 30848, publicada el jueves 20 de setiembre de 2018 en el diario oficial El Peruano, que ha modificado el art. 6 de la Ley de Canon, a fin de promover el financiamiento de programas de vivienda social

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De esta manera, además de señalarse que los recursos que los gobiernos regionales y gobiernos locales reciban por concepto de canon deben ser empleados para el financiamiento o cofinanciamiento de proyectos u obras de infraestructura de impacto regional y local, respectivamente; ahora también se establece que estos recursos podrán ser utilizados para el financiamiento de Bonos Familiares Habitacionales (BFH) destinados a proyectos de vivienda del Programa Techo Propio y para el financiamiento del Programa Nacional de Vivienda Rural, mediante convenios con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento o el Fondo MIVIVIENDA, según corresponda.

Igualmente, se mantiene el texto final del artículo que ordena a los gobiernos regionales entregar el 20% (veinte por ciento) del total percibido por canon a las universidades públicas y el 10% (diez por ciento) del total percibido por canon a los institutos y escuelas de educación superior de su circunscripción, destinado exclusivamente a la inversión en investigación científica y tecnológica y de su respectiva infraestructura, que potencien su desarrollo. El canon petrolero mantiene las condiciones actuales de distribución conforme a ley.

Ud. puede descargar esta norma aquí y/o leerla en nuestro archivo Scribd:

Ley 30848 by on Scribd

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