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Programan audiencia para precisar calificación jurídica en caso de César Hinostroza

Programan audiencia para precisar calificación jurídica en caso de César Hinostroza

El Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria programó para el 27 de marzo una audiencia en la que se precisará la calificación jurídica de los hechos atribuidos al exjuez César Hinostroza. Lo mismo para el caso de los exconsejeros Iván Noguera y Guido Aguila.

Por Redacción Laley.pe

jueves 21 de marzo 2019

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La calificación jurídica de los hechos delictivos atribuidos al exmagistrado César Hinostroza Pariachi serán evaluados en una audiencia programada para el miércoles 27 de marzo por el titular del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, Hugo Núñez Julca. La audiencia está prevista para las 9:00 horas en la Sala de Audiencias N° 337 de la sede de Palacio Nacional de Justicia.

De la misma forma, en dicha audiencia se analizarán los casos de los exintegrantes del desactivado Consejo Nacional de la Magistratura, Iván Noguera y Guido Águila Grados.

Este pedido fue efectuado por la Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos.

Cabe señalar que, en noviembre del 2018, el Congreso acusó a Hinostroza Pariachi por los delitos de patrocinio ilegal, tráfico de influencias, negociación incompatible y organización criminal, mientras que a Noguera Ramos y Aguila Grados solo por patrocinio ilegal. 

VEA TAMBIÉN: Renunció juez que tenía a su cargo casos de Odebrecht y de los Cuellos Blancos 

La audiencia fue convocada de acuerdo a lo que establece el inciso 6 del artículo 450 del Código Procesal Penal. Esta norma señala que, de advertirse en la investigación preparatoria que la tipificación de los hechos es diferente a lo señalado en la resolución acusatoria del Congreso, el fiscal emitirá una disposición y requerirá al juez de la investigación preparatoria que dicte la resolución aprobatoria.

También se establece que el magistrado de la investigación preparatoria emitirá su pronunciamiento, previa audiencia con la concurrencia de las partes, pero sin la necesidad de la intervención del Congreso de la República.

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