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Publican la Política Nacional de Igualdad de Género

Publican la Política Nacional de Igualdad de Género

Se ha publicado la Política Nacional de Igualdad de Género, instrumento legal que es de obligatorio cumplimiento en todas las entidades del Estado. Conoce los objetivos y lineamientos previstos para reducir la brecha entre hombres y mujeres aquí.

Por Redacción Laley.pe

jueves 4 de abril 2019

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Se ha aprobado la Política Nacional de Igualdad de Género, la cual es de aplicación inmediata para todas las entidades de la administración pública. 

Dicha Política Nacional es una de carácter multisectorial, cuya conducción está a cargo del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, entidad que liderará técnicamente su seguimiento y evaluación.

Esta evaluación tendrá periodicidad semestral y anual, y contendrá la información provista por los ministerios encargados de brindar los servicios previstos en la Política Nacional de Igualdad de Género y por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI). Los reportes se generan en el mes de noviembre del año materia de seguimiento y en el mes de abril del año posterior.

Así lo establece el Decreto Supremo N° 008-2019-MIMP, publicado el jueves 4 de abril de 2019 en el diario oficial El Peruano, que aprueba la Política Nacional de Igualdad de Género.

VEA TAMBIÉN: Esta es la sentencia de la Corte Suprema que rechazó la demanda contra el enfoque de género

De esta manera, la norma plantea seis objetivos prioritarios y, además, desarrolla los lineamientos para las intervenciones concretas de las entidades Estado en relación con dichos objetivos.

Así, por ejemplo, en el Objetivo N° 2 «Garantizar el ejercicio de los derechos a la salud sexual y reproductiva de las mujeres», se establecen tres lineamientos: a) Mejorar los servicios de salud sexual y reproductiva de las mujeres; b) Fortalecer la implementación de la educación sexual integral en el sistema educativo; y, c) Ampliar el acceso a los servicios especializados de salud sexual y reproductiva de las y los adolescentes.

En el Objetivo N° 3, «Garantizar el acceso y participación de las mujeres en espacios de toma de decisiones», los lineamientos aprobados son dos: a) medidas para garantizar la participación en espacios de toma de decisiones de las mujeres; y, b) implementar medidas de acción afirmativa para garantizar el acceso a espacios de toma de decisiones de las mujeres.

Y, respecto al Objetivo N° 5 «Reducir las barreras institucionales que obstaculizan la igualdad en los ámbitos público y privado entre hombres y mujeres», se establecen los siguientes lineamientos: a) Incorporar el enfoque de género en las entidades públicas que brindan bienes y servicios públicos; b) Incorporar el enfoque de género en las organizaciones privadas; c) Reducir brechas de desigualdad de género en las entidades públicas; d) Desarrollar las competencias para la aplicación del enfoque de género en los/as servidores/as públicos/as; y, e) Prevenir el hostigamiento sexual laboral en las entidades públicas y privadas.

Ud. puede descargar esta importante norma aquí y/o leerla en nuestro archivo Scribd:

 

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