![[Img #27882]](https://laley.pe/upload/images/07_2020/1979_fuerza-popular.png)
Bajo el contexto de las investigaciones seguidas por el caso Odebrecht, el fiscal Domingo Pérez solictó al juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional que disponga la suspensión temporal de las actividades políticas por un plazo de dos años y medio del partido político Fuerza Popular.
El equipo especial de fiscales investiga al partido Fuerza Popular (antes Fuerza 2011) por el presunto delito de lavado de activos, en razón de que se presume que habría recibido como «aportes ilegales» de la empresa Odebrecht la suma de un millón de dólares para la campaña presidencial de Keiko Fujimori.
En el 2017 se dispuso iniciar las diligencias contra la lideresa de dicho partido político por el delito de lavado de activos, previsto en los artículos 1 y 2 de la Ley N° 27765, «Ley Penal contra el Lavado de Activos» (modificado por el D. Leg. N° 986), con la agravante de pertenecer a una organización criminal, conforme la Ley N° 30077, «Ley contra el Crimen Organizado».
Posteriormente, mediante Resolución N° 08 del 2019, el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional ordenó la incorporación de la persona jurídica Fuerza Popular al marco de las investigaciones.
Ahora bien, las razones por las cuales Domingo Pérez solicitó la suspensión temporal de las actividades políticas del partido estriban en que, «de los fundamentos fácticos contenidos en la Disposición de Formalización y Continuación de Investigación Preparatoria y posteriores ampliaciones, se advierte la intervención (en los hechos materia de imputación) de la persona jurídica partido político FUERZA POPULAR (antes fuerza 2011)».
De aprobarse la solicitud en audiencia, el partido político no podrá participar en los comicios de las elecciones generales de 2021.
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