La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) determinó que la suspensión de los plazos para las actuaciones inspectivas; así como de los procedimientos administrativos sancionadores del SIT sean prolongados hasta el 31 de agosto del presente año. Todo ello en vista del aplazamiento del Estado de Emergencia Sanitaria como respuesta a las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19.
Esto lo determinó la SUNAFIL en la Resolución de Superintendencia N° 119-2020 publicada el día de hoy en el diario oficial El Peruano. Cabe precisar que la suspensión de los plazos que la resolución hace referencia, había quedado suspendida inicialmente por Resolución de Superintendencia N° 074-2020-SUNAFIL.
Esta resolución tendrá efectos para las instancias correspondientes de las Intendencias Regionales de la SUNAFIL y de las gerencias o Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo de los gobiernos Regionales ubicadas en los departamentos de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash, así como en la provincia de Tambopata del departamento de Madre de Dios, en las provincias del Santa, Casma y Huaraz del departamento de Ancash, en las provincias de Mariscal Nieto e Ilo del departamento de Moquegua, en la provincia de Tacna del departamento de Tacna.
Como sabemos, el Sistema de Inspección del Trabajo es un sistema integrado y polivalente conformado por diversos órganos y servidores públicos que se orienta a garantizar el adecuado cumplimiento de la normativa laboral. Este sistema recoge casos como de prevención de riesgos laborales, empleo, trabajo infantil, promoción del empleo y formación para el trabajo, seguridad social, migración y trabajo de extranjeros, entre otros que le sean asignados legalmente.