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Esta es la demanda competencial y la medida cautelar contra la vacancia presidencial

Esta es la demanda competencial y la medida cautelar contra la vacancia presidencial

Tras la difusión de tres audios donde se involucra al presidente Vizcarra, se aprobó la moción de vacancia contra el Presidente. Ante este hecho, el Poder Ejecutivo ha presentado una demanda competencial para evitar esa posible vacancia. Entérate cuales son los principales fundamentos de la demanda en la siguiente nota. Asimismo, puede conocer la medida cautelar que solicita la suspensión del proceso de vacancia.

Por Redacción Laley.pe

lunes 14 de septiembre 2020

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El día de hoy por la mañana el procurador Luis Huerta presentó ante el Tribunal Constitucional una demanda competencial. Esta demanda tiene como finalidad evitar una posible vacancia del presidente Vizcarra por incapacidad moral permanente. Ante esta situación, diversos constitucionalistas se han pronunciado afirmando que la incapacidad moral permanente no se subsume al presente caso, ya que la interpretación que se está realizando de esta es muy amplia. 

Cabe recalcar que la moción de vacancia fue aprobada tras la difusión de tres audios en el Congreso por el congresista Alarcón donde se escucha al Presidente coordinar con Miriam Morales y Karem Roca las declaraciones que brindarán ante la fiscalía, así como una discusión con la última mencionada, y una conversación entre Karem Roca y Ricardo Cisneros donde es involucrado el Jefe de Estado.

¿Cuáles son los fundamentos más relevantes presentados por el Ejecutivo en la demanda?

El Ejecutivo sostiene, principalmente, que el Congreso ha usado, mediante la Moción de Orden del Día N° 12090, la figura de la vacancia presidencial por permanente incapacidad moral de manera indebida; esto a raíz de que lo está utilizando como un mecanismo de control político, el cual lo extrapola de los fines para la cual fue prevista.

Por ello, el Ejecutivo sostiene que “la causal de incapacidad moral no puede ser empleada por el Congreso de la República como un mecanismo de control político del Poder Ejecutivo y como una vía para impedir la continuidad del mandato presidencial de cinco años, forzando una sucesión presidencial. No puede ser empleada para evaluar acciones u omisiones del presidente de la República durante el periodo de Gobierno. Hacerlo implicaría desnaturalizar los fundamentos de la vacancia”

Asimismo, sobre el uso indebido de la competencia del Congreso respecto a la vacancia por permanente incapacidad moral, la demanda señala que esta “no se sustenta en algún hecho objetivo que le impida al presidente continuar ejerciendo sus funciones. Por el contrario, se basa en argumentos sujetos a debate e interpretación, tanto desde un punto de vista jurídico como político. El texto de la moción (…) evidencia una intención del Congreso de emplear la vacancia como un mecanismo para ejercer control político respecto al presidente e impedir la culminación del periodo presidencial”.

Medida Cautelar

Por otro lado, el procurador Luis Huerta, también presentó esta mañana ante el Tribunal Constitucional una medida cautelar, la cual solicita la suspensión del proceso de vacancia mientras dure el trámite y resolución de la demanda competencial.

«Solicito, señora presidenta, que conceda la medida cautelar y se disponga la suspensión de los efectos de la admisión a trámite de la moción de vacancia contra el presidente de la República por permanente incapacidad moral (Moción de Orden del Día N° 12090), aprobada por el Pleno del Congreso el viernes 11 de setiembre de 2020, así como la suspensión del desarrollo del procedimiento de vacancia previsto en el artículo 89-A del Reglamento del Congreso de la República», indica el texto del Ejecutivo.


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