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Ejecutivo plantea modificar el pago de CTS y Gratificaciones para el sector agrario

Ejecutivo plantea modificar el pago de CTS y Gratificaciones para el sector agrario

Proyecto de Ley del Ejecutivo plantea cambiar la modalidad de pago de beneficios sociales, como la CTS y gratificaciones, a los trabajadores que se encuentren en el régimen laboral agrario y trasladarlos al régimen general. Esto a raíz de las recientes protestas que se desencadenaron en el país.

Por Redacción Laley.pe

viernes 4 de diciembre 2020

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El Poder Ejecutivo remitió al Congreso de la República el “Proyecto de Ley que Modifica el Régimen Laboral Agrario”. La presente iniciativa propone modificar el régimen laboral establecido en el Título III de la Ley N° 27360, Ley que aprueba las Normas de Promoción del Sector Agrario.

Como modificatoria principal, el Ejecutivo propone que los trabajadores comprendidos en el régimen agrario reciban el pago de sus beneficios sociales, como las gratificaciones y la compensación por tiempo de servicios (CTS), bajo la norma del régimen laboral general de la actividad privada (Decreto Legislativo N°728).

Actualmente, los trabajadores del régimen laboral agrario vienen recibiendo el pago de sus beneficios sociales de manera diaria incluídos en sus contraprestaciones diarias, a diferencia del régimen general.

Otra modificación que realizaría esta iniciativa del Ejecutivo es referente al artículo 7° de la ley mencionada. En esta se pretende prohibir expresamente la utilización de mecanismos de intermediación laboral y tercerización de servicios en las actividades principales de las empresas que realicen actividades agrarias.

Esta prohibición resalta que la agroindustria no podría recurrir a servicios de tercerización cuando se trate del trabajo de las tierras y cultivos de sus empresas agrícolas. Asimismo, se precisa que de presentarse ese caso se entenderá que el personal que presta el servicio adquiere la condición de contrato directo con la empresa usuaria.

Cabe precisar que esta desnaturalización de los servicios de intermediación ya se encontraba establecida en el artículo 3 de la “Ley que regula la actividad de las empresas especiales de servicios y de las cooperativas de trabajadores”, Ley N° 27626.

Finalmente, EL Ejecutivo también plantea la incorporación del artículo 7-A a la Ley N° 27360, el cual establecerá las condiciones laborales que debe tener el trabajador de la agroindustria, así como también, el rol activo de la Sunafil para fiscalizar el adecuado cumplimiento normativo de este régimen.

Usted puede leer y/o descargar el Proyecto de Ley AQUÍ.

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