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Ley de Control Previo de Concentraciones: ¿En qué consiste?

Ley de Control Previo de Concentraciones: ¿En qué consiste?

Recientemente se publicó la Ley N° 31112, Ley que establece el Control Previo de Concentración Empresarial, que tiene como finalidad promover competencia efectiva para el bienestar de los consumidores. Entérate más en la siguiente nota.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 13 de enero 2021

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La Ley de Control Previo de operaciones de Concentración empresarial tiene como finalidad establecer un régimen de control previo para promover la competencia efectiva y la eficiencia económica en pro de los consumidores. Así, dicha Ley fue publicada el 07 de enero de 2021 en el diario oficial El Peruano.
 

El ámbito de aplicación de la ley será en los actos de concentración empresarial y en los agentes económicos que oferten o demanden bienes o servicios en el mercado. Para ello, también se tendrá en cuenta los principios de proporcionalidad, transparencia e independencia y confidencialidad.
 

Asimismo, las operaciones de concentración empresarial serán entendidas como “todo acto u operación que implique una transferencia o cambio en el control de una empresa o parte de ella.” Por lo cual, se producirán a consecuencia de una fusión de dos o más agentes económicos, adquisición de uno o más agentes económicos de derechos que le permitan tener control sobre la totalidad o parte de otro agente económico, etc.
 

Por otro lado, se tiene como umbrales para el control previo de operaciones de concentración empresarial, 118 000 unidades impositivas tributarias (UIT) de ventas o ingresos brutos anuales o el valor de activos en el Perú de las empresas involucradas durante el ejercicio fiscal anterior. Caso contrario, será de 18 000 UIT cuando las ventas o ingresos brutos anuales o el valor de activos en el Perú de al menos 2 de las empresas involucradas en el ejercicio fiscal anterior.
 

Por último, la autoridad competente para el control previo de las operaciones de concentración empresarial será INDECOPI, y las sanciones serán mediante multas sobre la base de la UIT y lo establecido en el Decreto Legislativo 1034. Dichas infracciones administrativas prescribirán en un plazo de 4 años desde el último acto de la conducta infractora.
 

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