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Jorge Picón: “En una crisis tan extrema como la actual, SUNAT debe darle seguridad a la inversión formal”

Jorge Picón: “En una crisis tan extrema como la actual, SUNAT debe darle seguridad a la inversión formal”

La actual crisis sanitaria y económica que viene atravesando el país ha desencadenado una serie de medidas en materia tributaria y financiera. En ese contexto, La Ley conversó con el tributarista Jorge Picón respecto a la ampliación del rango de fiscalización por parte de la SUNAT, la reciente sentencia que declaró la inconstitucionalidad del cobro de intereses moratorios, la regulación de las tasas de interés de los bancos y otras medidas recientes en el plano tributario emitidas por el Estado.

Por Redacción Laley.pe

viernes 22 de enero 2021

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Durante las últimas semanas el país ha presenciado cómo el Estado empezó a emitir una serie de medidas y sentencias de suma importancia para los administrados en materia tributaria y financiera.

Empezando por la publicación del Anexo del Decreto Supremo N° 430-2020-EF, que establece que instituciones financieras tendrán la obligación de reportar a la SUNAT la información financiera de cuentas con saldos superiores o iguales a S/10 000.

Una semana después, el TC estableció en una reciente sentencia –STC 02051-2016-PA/TC HUAURA– en la cual declara la inconstitucional del cobro de los intereses moratorios que se generan por la tardanza de una autoridad administrativa en resolver un determinado recurso planteado por el administrado.

Por su parte, el Congreso no se quedó atrás y aprobó la ley que regula las tasas de interés en las entidades financiaras, la cual viene generando gran polémica por su contenido normativo.

Respecto a estos últimos acontecimientos, La Ley conversó con el abogado tributarista Jorge Picón, socio del estudio Picón & Asociados.

Entidades financieras deberán reportar cuentas iguales o superiores a los S/ 10 000

Entrevistador (E): Dr. Picón. El MEF publicó hace unas semanas la norma que obliga a las instituciones financieras reportar a la SUNAT la información de las cuentas con saldos superiores o iguales a S/10,000 o su equivalente en dólares. ¿Es adecuada esta fórmula legal planteada para la fiscalización tributaria?

Jorge Picón (JP): Hay que aclarar que la norma no plantea una “fiscalización” a los contribuyentes con cuentas iguales o superiores a los S/. 10 mil, únicamente se está regulado la obligación de las entidades del sistema financiero de entregar la información de saldos a la administración tributaria, la cual unirá esta información a su base de datos y determinará si hay inconsistencias, como para establecer la conveniencia o no de realizar requerimientos a determinados contribuyentes.

(E): Entiendo, Dr. ¿Usted cree que esta medida contribuirá a la lucha contra la informalidad tributaria o generará un resultado opuesto al que se busca?

(JP): Hay que tener claro que el nivel de bancarización de nuestro país es uno de los más bajos de la región.  Es decir, es improbable que esta norma genere una reducción de la bancarización nacional.  Recordamos que esta norma (sobre los saldos bancarios) no aportará una gran información diferente a la que ya tiene SUNAT por el ITF, pero le permitirá intercambiar información con los países de la OCDE (Common Reporting Standard – CRS) y conocer las cuentas bancarias que tienen los peruanos en el exterior. Esta última información dará una herramienta muy poderosa para combatir la evasión y la informalidad.

(E): ¿Considera usted que la SUNAT tendrá la capacidad logística de manejar la numerosa información que le será entregada por parte de las instituciones financieras?

(JP): Sí.  De hecho, SUNAT ha sido evaluada sobre dicha capacidad por la OCDE, y ha pasado la evaluación.  Recordar que SUNAT maneja información más sensible que los saldos bancarios: ventas, compras, estados financieros, propiedades, entre otros.

(E): ¿Por qué cree que el tope para esta Ley fue de 10 mil soles? ¿A qué se debió este monto?

(JP): Me parece un monto bajo, creo que debió estar más orientado a un monto de US $ 10,000.

(E): ¿Cree usted que la norma vulnere algún principio constitucional sobre la privacidad de la información, como el secreto bancario, para dar un ejemplo?

(JP): Considero que, si bien no debería existir secreto bancario frente a la administración tributaria, esta norma, por su detalle, viola esta garantía constitucional.

Fisco no podrá cobrar intereses generados por su ineficiencia y demora

(E): Ahora, ¿cuál es su opinión respecto al reciente criterio establecido por el Tribunal Constitucional en el denominado caso Paramonga?

(JP):  Considero que el nuevo criterio impuesto por el TC consagra un derecho básico de los contribuyentes, que el Estado no se beneficie de su propia ineficiencia. Este abuso se da cuando la SUNAT pretende cobrar intereses moratorios aplicando tasas anuales de 18%, 14.4% y 12% según sea el ejercicio por plazos que exceden largamente los que la ley otorgó a las instancias de la justicia tributaria para resolver los litigios a su cargo.

(E): ¿Cuál cree que será el impacto de esta decisión en los otros casos que lleva la SUNAT frente a empresas con deudas millonarias como Telefónica, por ejemplo?

(JP): Los principios de razonabilidad y garantía de plazo razonables utilizados por el Tribunal Constitucional resultan de aplicación a todos los contribuyentes, independientemente del tamaño, por lo que se estima que cientos de litigios van a tener el mismo resultado que la sentencia en mención.

(E): ¿Usted cree que este nuevo criterio establecido por el TC afectará la recaudación tributaria en el país, sobre todo ahora que el Gobierno habla sobre la recuperación económica?

(JP): Este nuevo criterio podemos verlo de dos formas diferentes.

Primero, desde un punto de vista “negativo”, impedirá concretar el abuso que se pretendía cometer contra una gran cantidad de contribuyentes que, si bien podría incrementar temporalmente recaudación, responde a una psicología equivalente a “matar a la gallina de los huevos de oro”, que en el Perú son las grandes empresas formales que sostienen la recaudación durante más de 25 años.

Segundo, desde un punto de vista positivo, al dar seguridad jurídica, fomentará la inversión privada, que es la única clave para generar empleo formal y recaudación estable en el tiempo.

La regulación de tasas de intereses bancarios

(E): El Congreso aprobó hace unas semanas la ley que busca regular las tasas de interés bancarias. ¿Considera que de entrar en vigencia esta ley será adecuada para nuestro sistema financiero? ¿Cuál sería su impacto?

Considero que el mercado debe tener los límites de la razonabilidad y los derechos de las mayorías.  Para llegar a este punto, se debe hacer un análisis técnico, que a mi entender no se ha dado.  Adicionalmente, hay que recordar que es el BCR la entidad que tiene esta función en nuestro país.

Las normas tributarias en tiempos de pandemia

(E): ¿Qué normas en materia tributaria considera que tendrían un impacto negativo en el Estado y/o contribuyente?

(JP): La pandemia ha generado una crisis que nos da 3 problemas económicos: desempleo, caída de la inversión y disminución de la recaudación tributaria.  Deben ser entendidos y tratados en ese orden de prioridad. Cualquier norma que privilegie ánimos políticos o recaudaciones intempestivas, irá contra la inversión privada, y por lo tanto contra la generación de empleo y una recaudación estable.  En tal sentido, normas que pretendan crear imposiciones extraordinarias o que privilegien los motivos políticos al equilibrio económico, serán negativas.

(E): Finalmente, Dr. ¿Cuál cree que debe ser el rol de la SUNAT en este tiempo de pandemia, en donde se debe priorizar la recuperación económica del país?

(JP): Durante los últimos 15 años, la SUNAT se ha convertido en una entidad que ha perdido el rumbo.  La información y el contrabando ha crecido a pasos agigantados, pero ellos se han dedicado a perseguir, de forma exagerada a los contribuyentes formales, que son los que sostienen la recaudación y son menos del 30% del universo de contribuyentes. 

En una crisis tan extrema como la actual, SUNAT deber darle seguridad a la inversión formal, dando certeza a las inversiones, y no crearse sobrecostos imprevisibles por reparos sin lógica alguna. Asimismo, debe expandir la base tributaria de forma técnica, atacando la informalidad y el contrabando, que se ha apoderados de grandes zonas y sectores económicos en el país.

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