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Conozca las 9 medidas que dictó la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada para esta nueva cuarentena

Conozca las 9 medidas que dictó la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada para esta nueva cuarentena

Las medidas van desde la suspensión del trabajo presencial hasta la recepción de documentos. Estas tendrán dos semanas de vigencia. Conoce todas ellas en la siguiente nota.

Por Redacción Laley.pe

lunes 1 de febrero 2021

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La Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada dispuso 9 medidas para esta nueva cuarentena decretada por el Ejecutivo. Las mismas que entrarán en vigencia desde el día de hoy, 1 de febrero, hasta el 14 de este mes.

Así lo dieron a conocer a través de la Resolución Administrativa N.º 000032-2021-P-CSNJPE-PJ, publicada hoy en el diario oficial El Peruano.

Las nueve medidas son las siguientes:

1. Sobre el trabajo presencial

Se suspende el trabajo presencial para los órganos jurisdiccionales y administrativos en esta Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada.

2. Sobre el trabajo remoto

La Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada establece el trabajo remoto en el horario de ocho horas diarias con la finalidad de garantizar la continuidad de todos los procesos en curso. Esta modalidad de trabajo se realizará cumpliendo el encargo, labores o actividades indicadas por el juez o jefe inmediato de las áreas correspondientes. Los servidores durante la jornada laboral deberán mantener los canales de comunicación abiertos, bajo responsabilidad funcional.

3. La continuidad de programación de audiencias y toda actividad jurisdiccional

La Corte estableció la continuidad de las audiencias en curso que se siguen con el Código Procesal Penal de 2004 y el Código de Procedimientos Penales. Se estableció que todos los casos emblemáticos serán transmitidos a través de los canales oficiales del PJ.

Todas las audiencias serán por el aplicativo Google Meet, conforme a la normativa específica, cuya coordinación será íntegramente virtual.

Excepcionalmente se podrá llevar a cabo una audiencia de manera presencial, para tal efecto el juez a cargo del órgano jurisdiccional deberá comunicar por el medio de comunicación más célere a la administración los motivos que justifiquen dicha medida. De producirse esta situación, la administración deberá dotar de todos los implementos de bioseguridad necesarios para tal fin, así como garantizar el traslado de los magistrados y del personal.

4. Suspensión de plazos

Se suspenden los plazos procesales y administrativos en los órganos jurisdiccionales y administrativos, conforme lo ha señalado el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial para aquellos casos en que el confinamiento impida realizar alguna actuación procesal o diligencia.

La regla general es que si una de las partes, ya sea esta el Ministerio Público, Procuraduría Pública o abogado defensor, activan algún pedido o requerimiento la Corte debe garantizar su trámite, inclusive si no se trata de un caso de urgencia según los parámetros fijados por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

5. Sobre el retiro de expedientes

Se autoriza a los jueces de todas las instancias de los Sistemas Especializados en delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios el retiro de los expedientes a su cargo, con la finalidad de realizar trabajo remoto.

Motivo por el cual se fijan las siguientes fechas:

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6. Las notificaciones en esta cuarentena

Todas las notificaciones deberán ser electrónicas a través del SINOE. Salvo los casos excepcionales a que hace referencia el artículo 2.9 de la Resolución Administrativa N.º. 000025-2021-CE-PJ.

7. Sobre la recepción de documentos

Se realizará mediante la Mesa de Partes Electrónica; asimismo se precisa que el Expediente Judicial Electrónico solo se encuentra habilitado para la Etapa Intermedia en los procesos del CPP. La Oficina de Administración deberá difundir los enlaces para el ingreso de documentos en la Mesa de Partes Electrónica; así como de los teléfonos habilitados, en las redes sociales de la Corte, y su publicación en las puertas de las sedes de Tacna y Carlos Zavala.

De manera excepcional cuando no sea posible su recepción en forma virtual se podrá recibir de manera física en las Mesas de Partes de los Sistemas de Crimen Organizado y Corrupción de Funcionarios.

8. La emisión de credenciales

La Presidencia de la Corte expedirá las credenciales físicas para el personal que asistirá a las sedes judiciales. Asimismo, dichos trabajadores deberán solicitar su pase especial laboral por la web.

9. Sobre el transporte de los trabajadores

Todos los trabajadores, que por necesidades del servicio deban concurrir a la Corte, la administración garantiza el traslado seguro desde sus domicilios, el cual se podrá realizar por medio: i) del transporte proporcionado por la propia Corte o ii) a través del reconocimiento de movilidad.


Revise la resolución completa AQUÍ.

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