A través de la la Ley N° 31146, emitida por el Congreso de la República y publicada hoy, martes 30 de marzo de 2021, en el diario oficial El Peruano, se dispuso la modificación del Código Penal, Código Procesal Penal y de la Ley N° 28950. Todo ello con la finalidad de sistematizar la normativa relacionada a los delitos de trata de personas y explotación.
En el caso del Código Penal, los artículos correspondientes a estos tipos penales se consignan en un solo título denominado «Delitos contra la Dignidad Humana», por ello, también se dispone su reubicación con nueva numeración, sin alterar la literalidad vigente de los referidos artículos.
Respecto al Código Procesal Penal se modifica el artículo 98 el cual queda así. Así también, respecto a la Ley 28950, Ley contra la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes, se incorpora los artículo 9 y 10, los cuales refioeren a la Reparación Civil y a Bienes decomisados u objeto de extinción de dominio, respectivamente.
Finalmente, también se dispuso que en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario, el Poder Ejecutivo adecuará los procedimientos del Programa Nacional de Bienes Incautados (Pronabi) a las disposiciones del artículo 10 de la Ley 28950, Ley contra la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes.
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