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Se dispone el uso obligatorio de protector facial en establecimientos comerciales y mercados

Se dispone el uso obligatorio de protector facial en establecimientos comerciales y mercados

Ejecutivo anunció que desde este lunes regirán nuevas disposiciones para la contención de la propagación del covid-19, en las cuales se dispone el uso obligatorio de mascarilla y protección facial en establecimientos con peligro de aglomeración. Accede a la normativa AQUÍ.

Por Redacción Laley.pe

lunes 19 de abril 2021

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Mediante Decreto Supremo N° 076-2021-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, se dispone la prórroga del estado de emergencia y la modificación de disposiciones para la contención del covid-19.

En el decreto se dispone, desde hoy 19 de abril, el uso obligatorio de mascarillas para la circulación por las vías públicas y el uso del protector facial para el ingreso de centros con riesgo de aglomeración:

  • Centros comerciales
  • Mercados
  • Supermercados
  • Conglomerados y tiendas por departamento  

La presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez, en una reciente entrevista, mencionó que 41 provincias se encuentran en nivel extremo, por lo que se ha dispuesto el uso de protector facial, pues está demostrado que los contagios se dan por aerosol. Por ende, el protector facial brinda una protección extra.

Asimismo, se establece la prohibición del uso de vehículos particulares los días domingos para las regiones en nivel alto, muy alto y extremo.

Lea y/o descargue la normativa AQUÍ:

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