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Publican Reglamento de la actividad de financiamiento participativo financiero y sus sociedades administrativas

Publican Reglamento de la actividad de financiamiento participativo financiero y sus sociedades administrativas

El Reglamento tiene por objeto establecer el marco normativo aplicable a la actividad de nacimiento participativo financiero que se realice en el territorio nacional, así como a las sociedades constituidas como sociedades anónimas en el Perú que administren las plataformas a través de las cuales se realiza dicha actividad.

Por Redacción Laley.pe

jueves 20 de mayo 2021

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El presente Reglamento será de aplicación para sociedades constituidas como sociedades anónimas en el Perú, así como para los Receptores e Inversionistas que participan en las plataformas de nanciamiento participativo financiero. Estos receptores deberán tener la calidad de personas naturales domiciliadas en el país o personas jurídicas constitucidas en el país y los proyectos de nacimiento participativo financiero deben desarrollarse integramente en el territorio de la República del Perú.

Las disposiciones previstas en el presnete Reglamento, no comprenden a las actividades que realicen los Receptores o Inversionistas en sociedades o plataformas de nacimiento participativo financiero o crowdfunding constituidas en el extranjero.

Las actividades de Financiamiento Participativo Financiero son aquellas en la que, a través de una plataforma administrada por una Sociedad Administradora, se pone en contacto a Receptores que solicitan financiamiento para destinarlo a un Proyecto de tipo personal y/o empresarial, con Inversionistas que buscan obtener un retorno funanciero por los recurso que adoptan.

Así también, el Reglamento establece las modalidades de financiamiento participativo financiero (FPF). Las cuales pueden ser: FPF de valores, en esta actividad los receptores, personas jurídicas, obtienen recurso por parte de los Inversionistas a cambio de valores representativos de capital o de deuda.

Del mismo modo, tambien está la modalidad de FPF de préstamos, con la cual los Receptores obtienen un préstamo para financiar su Proyecto, quedando obligados al pago del principal y de un retorno financiero a cada uno de los inversionistas, pudiendo materializarse a través de la emisión de un instrumento financiero u otro título valor.

Usted puede revisar el Reglamento completo AQUÍ.

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