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Ley de Desarrollo Urbano Sostenible establece un “impuesto” al aumento del valor de los activos inmobiliarios

Ley de Desarrollo Urbano Sostenible establece un “impuesto” al aumento del valor de los activos inmobiliarios

Norma publicada también permitiría impulsar la generación de viviendas de interés social para la población de escasos recursos, así como el desarrollo de ciudades ordenadas y la adecuada gestión del suelo urbano.

Por Wilfredo Concha Camacho

domingo 25 de julio 2021

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Ya salió publicada la Ley de Desarrollo Urbano Sostenible, Ley Nº 31313.

Norma indica que su objeto es establecer los principios, lineamientos, instrumentos y normas que regulan el acondicionamiento territorial, la planificación  urbana, el uso y la gestión del suelo urbano, a efectos de lograr un desarrollo urbano sostenible, entendido como la optimización del aprovechamiento del suelo en armonía con el bien común y el interés general, la implementación de mecanismos que impulsen la gestión del riesgo de desastres y la reducción de vulnerabilidad, la habilitación y la ocupación racional del suelo.

Como se recuerda, el 14 julio, en medio de la cuestionada cuarta legislatura, el pleno del Congreso de la República este proyecto.

En aquella oportunidad, la iniciativa contó con 92 votos a favor y fue exonerada de segunda votación con el respaldo de 90 congresistas. Tan solo se esperaba su publicación, hecho que sucedió hoy, 25 de julio.

¿Cuáles son los cuestionamientos a la norma?

En las últimas semanas, diverso especialista en materia tributaria y derechos reales cuestionaron la norma, dado que crearía un nuevo impuesto, aunque en la formula legislativa no se utiliza ese término, sino el de “Participación en el Incremento del Valor del Suelo”.

Un grupo de abogados del estudio Muñiz indicaron que si bien ley habla de “Participación en el Incremento del Valor del Suelo”, en estricto, este es un impuesto al aumento del valor de los activos inmobiliarios.

El pago de este impuesto se daría cuando el suelo sobre el que se ubica determinado predio cambie su condición rural por una urbanizable o, que la condición urbanizable del suelo, migre a hacia una urbana, por aplicación de los denominados Planes de Desarrollo Urbano.

Otros de los supuestos donde se aplicará este pago es cuando la zonificación asignada a determinado inmueble cambie y esta produzca mayor rentabilidad en el inmueble. Esto incluye el mayor aprovechamiento del suelo a partir de la asignación de mayores derechos edificatorios por el incremento del área techada, así como mayores coeficientes de edificabilidad o alturas.

Asimismo, el especialista en derechos reales, Martin Mejorada, indicó que este nuevo impuesto sería inconstitucional.

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