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Emergencia sanitaria: Ica permitirá aforo de 100% para ingreso de personas vacunadas

Emergencia sanitaria: Ica permitirá aforo de 100% para ingreso de personas vacunadas

Norma dispone que se solicitará carnet de vacunación con las dos dosis para ingresar a establecimientos de concurrencia masiva como restaurantes, bares, discotecas, gimnasios, entre otros. Asimismo, se permitirá un aforo de 100% para los vacunados. Entérate más aquí.

Por Redacción Laley.pe

jueves 23 de septiembre 2021

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Gobierno Regional de Ica dispuso que administradores de casinos y tragamonedas, restaurantes, estadios, cines, bares, discotecas, gimnasios y otros establecimientos que dispongan las autoridades locales, deberán exigir la presentación en original o digitalizado del Carnet de Vacunación para las personas cuyas edades se les ha brindado la oportunidad de vacunarse gratuitamente.

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La Ordenanza Regional Nº 0011-2021-GORE-ICA, además, contempla la facultad para que los propietarios decidan sobre el acceso a sus locales de personas no vacunadas.

En ese sentido, señala la norma, si el cliente insiste en ingresar, deberá llenar un formulario que exima de cualquier responsabilidad por las consecuencias de infección y/o transmisión que se pudiera generar. Asimismo, será de su exclusiva responsabilidad por dicha conducta, siendo pasible de la responsabilidad administrativa, civil o penal que corresponda.

Por otro lado, se ha ajustado un aforo del 100% para personas vacunadas. Así, sin perjuicio de las restricciones de aforo establecido por el Ministerio de Salud, se autoriza a los propietarios de establecimientos a permitir el acceso sin restricciones a las personas vacunadas.

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¿Qué contempla la normativa general sobre el ingreso de clientes a establecimientos?

Cabe recordar que el último decreto supremo emitido por el ejecutivo regula el aforo de 50% para el ingreso a cines y centros comerciales, sin hacer distinción entre personas vacunadas y quienes no se han inoculado. De igual forma, en el caso de restaurantes se regula un aforo de 60%.

Así, el requisito de vacunación en el decreto supremo del ejecutivo solo se exige para ingresar a estadios o coliseos.

Lea la normativa AQUÍ:

Ordenanza Regional Que Dispone Excepcionalmente Mientras Dur Ordenanza No 0011 2021 Gore Ica 1993802 1 Unlo… by Redaccion La Ley – Perú on Scribd

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