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SBS: Aprueban reglamento para adecuada atención de accidentes de tránsito cubiertos por AFOCAT

SBS: Aprueban reglamento para adecuada atención de accidentes de tránsito cubiertos por AFOCAT

Se emitió el reglamento para la atención de accidentes de tránsito con cobertura del Afocat. Así, se dispone que entidades deberán contar con una base de datos y expediente único por accidente. Entérate más aquí.

Por Redacción Laley.pe

martes 5 de octubre 2021

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La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, a fin de asegurar la atención oportuna a víctimas de accidentes de tránsito con cobertura del certificado de accidentes de tránsito (CAT), aprobó el reglamento que implementa la atención integral de los accidentes de tránsito cubiertos por las asociaciones de fondos regionales o provinciales contra accidentes de tránsito (Afocat).

Mediante Resolución SBS 2963-2021 se dispuso que las entidades deben brindar una correcta atención de las coberturas del CAT. Así, con el reglamento se busca mejorar los canales de comunicación oportuna de la ocurrencia de los accidentes de tránsito en los que se vean involucrados sus asociados, los ocupantes y terceros no ocupantes del vehículo.

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Información actualizada

En ese sentido, Afocat debe mantener un número de teléfono operativo 24 horas durante todo el año (incluyendo días no laborables). Así como su sede administrativa, sus oficinas de atención y pagina web deben de estar disponibles, se señala en la norma.

La norma enfatiza que la Policía Nacional del Perú, los centros de salud públicos y/o privados, la Policía Nacional del Perú deben tener acceso a dicha información.

Orientación a las víctimas

Por otro lado, se incluye disposiciones para una adecuada orientación y atención a las víctimas de accidentes o sus beneficiarios, haciendo de su conocimiento las diferentes coberturas y los montos máximos otorgados para cada una de ellas. Asimismo, debe informarse sobre la documentación necesaria que debe adjuntarse a la solicitud para requerir el pago del correspondiente beneficio.

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Base de datos y expedientes

Cabe resaltar que las entidades deben de contar y mantener permanentemente actualizada una base de datos de siniestros, construida a partir de la información contenida en los expedientes de siniestros.

Por último, el Afocat contará con un expediente por cada siniestro, el cual puede ser físico o electrónico. Dicho expediente debe de contar con la documentación mínima y características reseñadas en el artículo 6 de la referida norma.

Lea el reglamento AQUÍ.

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