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¿Cómo deben ser actuadas las pruebas de cargo y descargo?

¿Cómo deben ser actuadas las pruebas de cargo y descargo?

Corte Suprema estableció que las pruebas de cargo y descargo deben ser actuadas de forma individual, conjunta y razonada. Entérate más aquí. [Recuso de Nulidad Nº1544-2019-LIMA]

Por Redacción Laley.pe

viernes 12 de noviembre 2021

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La argumentación de una decisión judicial debe mostrar que se valoraron, de forma individual, conjunta y razonada, todas las pruebas actuadas, observando las reglas de la lógica, la ciencia y las máximas de la experiencia.

Así lo ha señalado la Corte Suprema en el Recurso de Nulidad Nº1544-2019-LIMA.

¿Cuál fue el caso?

Se interpuso un recurso de nulidad por parte de la representante del Ministerio Público en contra de la sentencia que absolvió a los imputados de la acusación fiscal formulada en su contra, por la presunta comisión de los delitos de usurpación con agravantes y robo con agravantes, ambos en grado de tentativa.

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¿Qué dijo el TC?

Corte Suprema señaló que la argumentación de una decisión judicial debe mostrar que se valoraron, de forma individual, conjunta y razonada, todas las pruebas de cargo y descargo actuadas, observando las reglas de la lógica, la ciencia y las máximas de la experiencia, considerando también los alegatos de los sujetos procesales.

Están proscritos los razonamientos incongruentes, ilógicos, subjetivos, irracionales, arbitrarios o contrarios a la sana crítica. De ese modo se garantiza los derechos a la prueba, a la defensa, a la motivación de las resoluciones judiciales y a la impugnación, entre otros que forman parte del derecho al debido proceso.

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¿Qué se concluyó en el presente caso?

 

En el presente caso, la motivación de la Sala Superior, con relación al delito de usurpación con agravantes, resulta insuficiente, debido a que no se valoraron todas las pruebas actuadas ni se evaluaron los argumentos esgrimidos por los sujetos procesales.

Respecto al delito de robo con agravantes, no existe ninguna motivación, con lo que incurre en un vicio de inexistente motivación y contraviene el derecho a la motivación de las resoluciones judiciales de los sujetos procesales.

Corresponde declarar nula la sentencia impugnada debido a que, con relación al delito de usurpación con agravantes, carece de una razonable valoración de las pruebas y motivación de la decisión adoptada, y respecto al delito de robo con agravantes no existe análisis alguno.

Lea el recurso de nulidad AQUÍ.

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