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TC: ¿Qué pasará con los trabajadores CAS?

TC: ¿Qué pasará con los trabajadores CAS?

Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la Ley Nº31131, ley que elimina el régimen CAS, con excepción de su artículo 4. En este sentido, los contratos administrativos de servicios se volverán de carácter indefinido. Entérate aquí los detalles.

Por Redacción Laley.pe

jueves 2 de diciembre 2021

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El 09 de marzo de este año se publicó la Ley Nº31131, la cual estableció la prohibición de los CAS y señalaba que los trabajadores contratados bajo este régimen debían ser incorporados al régimen del Decreto Legislativo Nº728 y Decreto Legislativo Nº276.

Posteriormente, el 10 de mayo el Procurador Público, Luis Huerta presentó una demanda de inconstitucionalidad en contra de esta ley en tanto vulneraría las competencias del Poder Ejecutivo en materia de administración de la Hacienda Pública y gestión de los recursos humanos en el sector público.

Recordemos que la cantidad de trabajadores bajo el régimen CAS en el Estado haciende a unas 356 817 personas.

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¿Cómo se ha pronunciado el TC?

Tribunal Constitucional (TC) informó a través de sus redes sociales que declaró, en mayoría, parcialmente inconstitucional la Ley Nº31131 – Ley que establece disposiciones para erradicar la discriminación en los regímenes laborales, que disponía la incorporación de los trabajadores con Contrato Administrativo de Servicios (CAS) a los regímenes laborales 276 y 728.

El único artículo que continuaría teniendo validez es el artículo 4 sobre la eliminación de la temporalidad sin causa y prohibición de contratación bajo el régimen CAS.

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¿Entonces qué pasará con los trabajadores bajo el régimen CAS?

 

El contrato de los trabajadores bajo este régimen pasará a ser de tiempo indefinido, motivo por el cual pueden ser despedidos solo por causa justa debidamente comprobada.

En el presupuesto para el año 2022, el Gobierno estableció un presupuesto para extender los contratos CAS del Estado hasta el próximo año. Como se sabe, este presupuesto fue aprobado la anterior por el Pleno del Congreso.

Además, las contrataciones vigentes podrán ser renovadas bajo el mismo régimen hasta el 31 de diciembre de 2022 de ser necesario.

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