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¿Qué ley habría vulnerado la Clínica Javier Prado al no atender a joven accidentado?

¿Qué ley habría vulnerado la Clínica Javier Prado al no atender a joven accidentado?

La Superintendencia Nacional de Salud informó que iniciara investigaciones contra la Clínica Javier Prado por supuestamente no haber querido atender a joven accidentado. ¿Qué ley infringió la clínica? Entérate más aquí.

Por Redacción Laley.pe

martes 7 de diciembre 2021

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Un menor de 15 años, de iniciales A.J.S.R., sufrió un accidente de tránsito al ser atropellado en San Isidro la madrugada del lunes 6 de diciembre. La Clínica Javier Prado, donde el menor acudió para ser atendido por emergencia, le habría negado la atención.

Personal del centro clínico habría tardado más de 40 minutos en atenderlo, debido a que, como el menor se encontraba inconsciente, no podía brindar los datos correspondientes para la activación del SOAT. Asimismo, habrían alegado que el menor debía ser atendido en otro centro clínico porque no contaban con médicos especialistas.

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¿Qué norma se habría vulnerado?

La Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD), mediante un comunicado de prensa, recordó que todos los establecimientos, sean públicos o privados, se encuentran obligados a brindar atención médica en caso de emergencia. La atención debe garantizarse sin condicionamiento de pago previo o trámite alguno, ni siquiera la presentación del DNI.

Dicha obligación se encuentra contemplada en los artículos 3 y 39 de la Ley N° 27604 que modifica la Ley General de Salud N° 26842.

Cabe recordar que la emergencia sanitaria a nivel nacional por el COVID-19 no genera excepciones a su cumplimiento.

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¿Qué sanciones podría recibir la Clínica Javier Prado?

Si luego de las investigaciones correspondientes conducidas por SUSALUD, se comprueba que el establecimiento vulneró el derecho a la atención por emergencia, este podría recibir una sanción que iría desde una amonestación hasta una multa de 500 UIT, equivalente a S/ 2 200 000 (Dos millones doscientos mil). Ello, acorde al Reglamento de Infracciones y Sanciones de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo 031-2014-SA.

Asimismo, el tipo de sanción a aplicar se analizaría en función al nivel de responsabilidad incurrido.

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