Jueves 16 de mayo de 2024 | Suscríbete al Newsletter de La Ley

COVID-19: ¿En qué lugares se debe presentar el carné de vacunación para ingresar?

COVID-19: ¿En qué lugares se debe presentar el carné de vacunación para ingresar?

Gobierno dispuso que, a partir del 10 de diciembre, es obligatoria la presentación del carné de vacunación para el ingreso a lugares de culto y a espacios cerrados donde se realicen actividades económicas. En la presente nota te indicamos todos los lugares donde te pedirán este documento. [Decreto Supremo Nº 179-2021-PCM]

Por Redacción Laley.pe

viernes 10 de diciembre 2021

Loading

[Img #31776]

Poder Ejecutivo estableció nuevas disposiciones en el estado de emergencia nacional como parte de las medidas de protección y reducción del riesgo de contagio de la COVID-19.

Entre dichas medidas se encuentra la presentación obligatoria del carné de vacunación, físico o virtual, para mayores de 18 años que deseen ingresar a lugares de culto o a espacios cerrados donde se realicen actividades económicas.

A fin de ser permitido el ingreso, el carné de vacunación debe acreditar haber completado, en el Perú y/o el extranjero, el esquema de vacunación correspondiente contra la COVID-19.

Lea también: ¿Cuáles son los lineamientos para la presentación del carné de vacunación contra la Covid-19?

¿Qué ‘’espacios cerrados’’ son contemplados en el Decreto Supremo?

El Decreto Supremo Nº 179-2021-PCM dispone como ‘’espacios cerrados’’, a fin de la aplicación de la medida de la presentación del carné de vacunación, los siguientes lugares:

  • Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados

 

 

  • Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte
  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas
  • Spa, ‘’baños turcos’’, sauna y baños termales
  • Eventos empresariales y profesionales
  • Bancos y otras entidades financieras
  • Supermercados y mercados
  • Templos y lugares de culto
  • Casinos y tragamonedas
  • Peluquerías y barberías
  • Cines y artes escénicas
  • Restaurantes y afines
  • Gimnasios
  • Coliseos

Lea también: Navidad y Año Nuevo: ¿Cuáles son todos los cambios en el estado de emergencia nacional?

¿Qué lugares cerrados se encuentran exceptuados?

Es importante tener en cuenta que, debido a la naturaleza de la actividad económica realizada o a su vinculación con el derecho a la salud, no será necesaria la presentación del carné de vacunación para ingresar a bodegas, farmacias y hospitales.  

¿Qué establece el Decreto Supremo sobre el uso de mascarillas?

Para el tránsito por vías de uso público y lugares cerrados es obligatorio el uso permanente de una mascarilla KN95, o en su defecto, una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla comunitaria o de tela.

Lea la resolución completa AQUÍ.

NEWSLETTER DE LA LEY.PE

NOTICIAS RELACIONADAS