Consejo Ejecutivo del Poder Judicial decidió adoptar, desde este 6 de enero hasta la emisión de una nueva disposición, el retorno al trabajo remoto para la realización de labores en los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial a nivel nacional.
La medida fue adoptada en el marco de las nuevas acciones de prevención dispuestas por el gobierno frente al nuevo contexto de la Covid-19, a fin del resguardo de la salud de jueces, personal jurisdiccional y administrativo, así como de usuarios del sistema de justicia.
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Asimismo, la resolución señala que la Presidencia del Poder Judicial y las presidencias de las cortes superiores del país, pueden establecer el trabajo presencial exclusivamente en las áreas que así lo requieran, pero con las medidas de bioseguridad necesarias.
Horario
La medida se efectivizará en el horario de 8 horas diarias, acorde a lo establecido en la Versión N ° 4 del Reglamento «Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial».
Supervisión de las labores
La resolución ordena también que los presidentes de las cortes superiores del país, así como las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura, supervisen la producción jurisdiccional de los jueces y juezas.
Por su parte, el personal jurisdiccional y administrativo deberá justificar el trabajo diario que realizan ante la jefatura inmediata.
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En ambos casos, se señala que la Presidencia de la corte superior de justicia correspondiente emitirá un informe al CEPJ para las acciones respectivas.
¿Qué pasará con las audiencias programadas?
Las audiencias y vistas de causa programadas no deberán suspenderse y serán llevadas a cabo a través del aplicativo Google Meet.
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