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¡ATENCIÓN! Prácticas pre profesionales y profesionales ya cuentan como experiencia laboral

¡ATENCIÓN! Prácticas pre profesionales y profesionales ya cuentan como experiencia laboral

Se promulga ley que reconoce a las prácticas pre profesionales y profesionales, realizadas por estudiantes y egresados de instituciones de educación superior universitaria y no universitaria, como experiencia laboral. Entérese aquí los detalles. [Ley Nº 31396]

Por Redacción Laley.pe

miércoles 19 de enero 2022

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Las prácticas pre profesionales realizadas por estudiantes y las prácticas profesionales realizadas por egresados –ambos grupos tanto de instituciones, públicas y privadas, de educación superior universitaria como no universitaria– serán consideradas como experiencia laboral.

Dicha calificación será válida para el acceso a puestos en el sector público y en el sector privado.

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Período de las prácticas

Son reconocidas como experiencia laboral las prácticas pre profesionales que realizan los estudiantes de educación superior universitaria y no universitaria en instituciones públicas o privadas por un periodo no menor de tres meses y hasta cuando el estudiante adquiera la condición de egresado.

En el caso de las prácticas profesionales, estas solo podrán ser realizadas por un periodo de hasta un máximo de veinticuatro meses.

Asimismo, las prácticas pre profesionales y su continuidad como prácticas profesionales, que son realizadas por un periodo no menor de tres meses, son reconocidas de manera acumulativa como experiencia laboral para su desempeño en la actividad pública y privada.

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Reconocimiento excepcional por el estado de emergencia nacional

La Ley Nº 31396 reconoce que los egresados de instituciones de educación superior universitaria y no universitaria en el periodo del 2019 al 2022 pueden acreditar prácticas profesionales realizadas hasta veinticuatro meses después del levantamiento del estado de emergencia sanitaria a causa del Covid-19.

Prácticas profesionales de 2 años

La referida ley establece que el período de prácticas profesionales puede desarrollarse solo dentro de los veinticuatro meses siguientes a la obtención de la condición de egresado de la universidad, del instituto o escuela de educación superior o del Centro de Educación Técnico Productiva.

Así, se modifica el artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1401 -Decreto Legislativo que Aprueba el Régimen Especial que Regula las Modalidades Formativas de Servicios en el Sector Público-, el cual contemplaba una duración máxima de 12 meses.

Lea y/o descargue la Ley Nº 31396 completa AQUÍ.

 

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