Sábado 27 de abril de 2024 | Suscríbete al Newsletter de La Ley

¡IMPORTANTE! Jueces retornarán a trabajo presencial diario desde el 3 de marzo

¡IMPORTANTE! Jueces retornarán a trabajo presencial diario desde el 3 de marzo

El Poder Judicial dispuso que, desde el 3 al 31 de marzo, los jueces retornarán a la realización de labores de manera presencial y diaria, pues cuentan con despachos privados que garantizan las medidas de bioseguridad necesarias. Entérese los detalles en la presente nota. [Resolución Administrativa N° 000068-2022-CE-PJ]

Por Redacción Laley.pe

martes 1 de marzo 2022

Loading

[Img #32691]

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial decidió prorrogar del 3 al 31 de marzo del 2022, la vigencia del Protocolo denominado “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio’’.

Cabe recordar que el trabajo remoto, tanto de los órganos administrativos como jurisdiccionales, se regulará conforme a lo establecido en la Versión N° 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”.

Jueces retornan a labores presenciales

Así, se dispuso que, desde el 3 al 31 de marzo del 2022, los jueces realizarán trabajo presencial diario, considerando que tienen despacho privado que garantiza las medidas de bioseguridad establecidas.

Las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia deberán adoptar las medidas necesarias para dicho fin.

Lea también: Contrato laboral de trabajadores no vacunados puede suspenderse sin goce de haber

¿Qué ocurre si no cuentan con el esquema completo de vacunación?

Los jueces que no cuenten con el esquema de vacunación completa contra la Covid-19, y/o que hayan sido evaluados por el profesional médico de la respectiva Corte, efectuarán trabajo remoto.

Personal jurisdiccional y administrativo

Las labores del personal jurisdiccional y administrativo se realizarán en forma presencial diaria, las cuales se completarán con trabajo remoto.

Para preservar el aforo correspondiente, se realizará en dos turnos, mañana y tarde:

Primer turno: de 07:45 a 12:45 horas, complementándose con tres horas de trabajo remoto.

Segundo turno: de 13:30 a 18:30 horas, complementándose con tres horas de trabajo remoto

Lea también: ¡Último! Negocios de todo el país podrán atender con el 100% de aforo

El trabajo presencial se realizará obligatoriamente como mínimo cinco horas diarias; y, excepcionalmente, podrá fijarse en ocho horas diarias por la Presidencia del Poder Judicial y los presidentes de las Cortes Superiores de Justicia,

El trabajo remoto complementario se desarrollará según lo indicado en el reglamento correspondiente.

¿Qué ocurre si no cuentan con el esquema completo de vacunación?

El personal jurisdiccional y administrativo que no cuenten con el esquema de vacunación completa Covid-19, y/o que hayan sido evaluados por el profesional médico de la respectiva Corte, efectuarán trabajo remoto en el horario de ocho horas diarias

Resguardo, seguridad y vigilancia

Los servidores del Poder Judicial que realizan labores de resguardo, seguridad y vigilancia, prestarán dichos servicios en los horarios establecidos por su jefe inmediato, y, con sujeción a jornadas acumulativas, siempre que las mismas no excedan de 48 horas semanales.

Descargue la Resolución Administrativa N° 000068-2022-CE-PJ

 

NEWSLETTER DE LA LEY.PE

NOTICIAS RELACIONADAS