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Condenan a dos años de pena privativa de libertad a una madre por tener a su hija desnutrida

Condenan a dos años de pena privativa de libertad a una madre por tener a su hija desnutrida

Condenan a dos años de pena privativa de libertad a una madre por tener a su hija desnutrida, no prestarle alimentos, no llevarla a sus atenciones médicas, no llevarla al colegio y no brindarle los cuidados indispensables a pesar de recibir una pensión de alimentos, atentando contra los atributos de la patria potestad. Entérese los detalles en la presente nota. [Sentencia 1334-2017/Chincha]

Por Redacción Laley.pe

viernes 25 de marzo 2022

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El Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Chincha  de la Corte Superior de Justicia de Ica condenó a la imputada como autora y responsable de la comisión del delito contra la Vida, El Cuerpo y La Salud – Exposición a Peligro o abandono de Persona en Peligro en la modalidad de EXPOSICIÓN A PELIGRO DE PERSONA DEPENDIENTE en agravio de su menor hija, imponiéndosele dos años de pena privativa de libertad y las siguientes reglas de conducta: a) No variar de domicilio, ni ausentarse del lugar de su residencia sin previa autorización del Juzgado; b) Comparecer personal y obligatoriamente ante el Juzgado de Investigación Preparatoria del cual precede esta causa, cada fin de mes a fin de pasar el control biométrico respectivo; c) no cometer nuevo delito doloso; y d) Reparar los daños ocasionados por el delito, entendiéndose como tal el pago de la reparación civil equivalente a cinco mil soles.

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Durante el proceso oral, la menor agraviada brindó sus declaraciones indicando las desatenciones de la madre.  

Luego de ello, se evaluaron las pericias practicadas por el Ministerio Público que corroboraron el estado de desnutrición y delgadez de la menor, así como las situaciones de violencia física y psicológica a las que fue sometida por su madre mientras vivía con ella, pese a que existía una resolución judicial de Tenencia de menor que había dispuesto que entregue a la niña a su padre desde el año 2014, lo que recién se ejecutó vía forzosa en marzo del 2017, con una orden de allanamiento y descerraje dispuesta por el Juzgado de Familia que ventilaba el caso.

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En el análisis de la prueba actuada en juicio el Juzgador consideró que durante el tiempo que la menor vivió con su madre (la sentenciada) entre el 2012 y el 2017 (fundamento 5.2.4) la menor estuvo sometida a estados de desnutrición (fundamento 5.2.6 al 5.2.16) conforme a los certificados médicos del MINSA, de clínicas particulares y del Ministerio Público, además de la declaración de la menor. También se acreditó que a la menor se le privó de los cuidados indispensables (fundamento 5.2.17 al 5.2.20) a pesar de que la menor agraviada poseía ESSALUD, EPS particular y una pensión de alimentos de hasta 1800 soles (el doble en julio y agosto) brindadas por su padre. Así mismo, la menor quedó con lesiones irreversibles a la vista debido a la falta de cuidado de la sentenciada a pesar de las continuas quejas de la menor agraviada y el seguro médico que poseía (fundamento 5.2.20). También se acreditó el daño a la salud cognitiva de la menor pues la sentenciada no la llevó con regularidad al colegio durante los años 2013, 2014, 2015 y 2016, incluso en este último año faltó seis meses al colegio (fundamento 5.2.21).

Finalmente, el Juez concluyó que se ha acreditado con prueba suficiente actuada que se privó a la menor agraviada de los alimentos y cuidados indispensables, lo cual ha traído como consecuencia una afectación en su estado de salud, no solo por la delgadez que presenta al tener un índice de masa corporal por debajo del parámetro normal, sino también por haberse verificado un menoscabo en su salud debido a las enfermedades como gingivitis leve, caries dental, pulpitis irreversible y maloclusión, los cuales se verifica del Informe odontológico todo lo cual debe considerarse como daño a la persona.

Descargue la Sentencia 1334-2017/Chincha

 

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