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Empresas individuales de responsabilidad limitada podrán ser regularizadas ante fallecimiento de sus titulares

Empresas individuales de responsabilidad limitada podrán ser regularizadas ante fallecimiento de sus titulares

El Tribunal Registral de la Sunarp emitió un precedente de observancia obligatoria en materia de regularización de empresas individuales de responsabilidad limitada. Entérese los detalles en la siguiente nota. [Resolución N° 082-2022-SUNARP/PT]

Por Redacción Laley.pe

lunes 18 de abril 2022

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En su Ducentésimo Quincuagésimo Sexto Pleno, el Tribunal Registral aprobó un precedente de observancia obligatoria en materia de regularización de empresas individuales de responsabilidad limitada.

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¿Qué se estableció?

Conforme a este criterio administrativo, en los casos en que hayan transcurrido cuatro años a partir del fallecimiento del causante, para la regularización deberá previamente ejecutarse una de las opciones establecidas en el artículo 31 del Decreto Ley N° 21621, siempre que exista pluralidad de sucesores.

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Por otro lado, en los casos en que no hayan transcurrido cuatro años a partir del fallecimiento del causante, será procedente la regularización de la empresa individual de responsabilidad limitada que haya incurrido en causal de disolución de pleno derecho establecida en el artículo 34 de mencionado decreto ley, sin requerirse acuerdo expreso al respecto.

Descargue la Resolución N° 082-2022-SUNARP/PT

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