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Asignación familiar: Beneficio aumentará a 102.50 soles para trabajadores de la actividad privada

Asignación familiar: Beneficio aumentará a 102.50 soles para trabajadores de la actividad privada

El incremento de la Remuneración Mínima Vital, que a partir del 1° de mayo será de 1,025 soles, repercutirá también en el aumento de la asignación familiar que se otorga a los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada. Entérese los detalles en la siguiente nota.

Por Redacción Laley.pe

lunes 2 de mayo 2022

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El incremento de la Remuneración Mínima Vital (RMV), que a partir del 1° de mayo será de 1,025 soles, repercutirá también en el aumento de la asignación familiar que se otorga a los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada que tienen hijos menores de 18 años o que sigan estudios superiores o universitarios, con lo cual se prolonga hasta los 24 años.

Asignación familiar

El beneficio equivale al 10% de la RMV, según lo señala la Ley N° 25129, y se abona al personal cuyas remuneraciones no se regulan por negociación colectiva, cualquiera que fuere su fecha de ingreso. En este sentido, la asignación familiar subirá de 93.00 a 102.50 soles, precisa.

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¿Cuáles son los requisitos?

El abogado laboralista Carlos Cadillo Ángeles señala que para recibir el mencionado monto los trabajadores deberán demostrar ante su empleador que cumplen con los requisitos estipulados.

El monto se abonará al trabajador independientemente de la cantidad de sus hijos. Así también, si la madre y el padre son trabajadores de un mismo empleador, cada uno tendrá derecho a percibir la asignación.

Si un trabajador labora para más de un empleador, percibirá el beneficio por cada relación laboral existente.

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¿Cómo se abona?

De acuerdo con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), la asignación familiar la abonará el empleador desde el momento en que el trabajador acredita la existencia del hijo o hijos que tuviere y bajo la misma modalidad con la se efectúa el pago de las remuneraciones a su personal.

Este beneficio se abonará por separado y en forma adicional a la remuneración básica, lo que constará en la boleta de pago que se entrega a los trabajadores.

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