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Destituyen a juez que dispuso suspender PAS (a pedido del inculpado), pese a carecer de competencia

Destituyen a juez que dispuso suspender PAS (a pedido del inculpado), pese a carecer de competencia

La Junta Nacional de Justicia resolvió confirmar la resolución que destituyó a Manuel Armas Montes del cargo de Juez del Quinto Juzgado Penal Liquidador de la Corte Superior de Justicia de Loreto por disponer suspender un procedimiento administrativo sancionador en el marco de un proceso penal, a pedido del inculpado, transgrediendo, así, principios de la función jurisdiccional. Entérese los detalles en la presente nota. [Resolución Nº 016-2021-PLENO-JNJ]

Por Redacción Laley.pe

viernes 15 de julio 2022

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El Pleno de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) resolvió confirmar la resolución Resolución Nº 035-2020 PLENO – JNJ que destituyó a Manuel Armas Montes del cargo de Juez del Quinto Juzgado Penal Liquidador de la Corte Superior de Justicia de Loreto por disponer suspender un procedimiento administrativo sancionador en el marco de un proceso penal, a pedido del inculpado, transgrediendo, así, principios de la función jurisdiccional.

Los hechos

Armas Montes dispuso en el proceso penal signado con el número 01621-2012-0-1903-JR-PE-05, mediante la Resolución Nº Seis del 05 de noviembre de 2012, a petición del inculpado Héctor Gilmer Becerra Hernández, la suspensión del procedimiento administrativo sancionador iniciado por el Tribunal de Contrataciones del Estado – expediente número 1380-2012-TC.

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El sustento para ello no fue mayor a una supuesta afectación al principio non bis in ídem, sin considerar que:

i) el referido procedimiento administrativo se encontraba dirigido a verificar las responsabilidades de las empresas integrantes del denominado Consorcio Nor Amazónico, mas no de personas naturales, y

ii) sin haber considerado que sólo en un proceso contencioso administrativo -conforme a la Ley Nº 27584- se puede disponer la suspensión de un acto administrativo expedido en forma regular, y no en un proceso penal

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¿En qué infracciones incurrió? 

El Pleno de la Junta Nacional de Justicia confirmó que Armas Montes incurrió en:

(i) la transgresión de los principios de la función jurisdiccional preceptuados en el artículo 139 incisos 3 y 5 de la Constitución Política, concordantes con el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial

(ii) así como en la infracción del deber funcional regulado en el artículo 34 numeral 1 de la Ley de la Carrera Judicial, que configuraría las faltas muy graves previstas en el artículo 48 numerales 12 y 13 de la acotada ley

Descargue la Resolución Nº 016-2021-PLENO-JNJ

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