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¿Es posible que la resolución de la OEA que «respalda a Castillo» afecte alguna investigación en su contra?

¿Es posible que la resolución de la OEA que «respalda a Castillo» afecte alguna investigación en su contra?

Por Redacción Laley.pe

jueves 20 de octubre 2022

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Ayer, 21 de octubre de 2022,  se difundió la resolución aprobada por el Consejo Permanente de la OEA, CPP/RES. 1208 (2400/2022), que dispuso que todos los actores del Perú deban actuar en respeto al estado de derecho, además anunció que se envíe una delegación de alto nivel para realizar una visita a nuestro país, en virtud a la Carta Democrática Interamericana. 

Este importante documento fue firmado por los Estados miembros de la OEA y plantea aspectos básicos que deberán respetar los países para garantizar que existen principios democráticos en sus instituciones.

Importante aclaración: la resolución respalda al gobierno del Perú, pero no -específicamente- al gobierno de Pedro Castillo. En concreto, la resolución respalda a los valores que encarna un gobierno democrático, independientemente de quien ostente la banda presidencial. No respalda a las personas, sí al país. 

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Es importante destacar que este escenario fue advertido por diversos especialistas, entre ellos, Juan Jiménez Mayor, exrepresentante del Perú en la OEA, quien acertó al enlistar tres posibles decisiones que la OEA podría adoptar:

a) La Comisión Permanente puede recibir el informe, distribuirlo entre los presentes, tomar nota y sostener que «seguiremos las noticias del Perú». 

b) El segundo escenario es que pidan más información.

c) La última opción es que decidan enviar una misión.

A la fecha, la OEA optó por la tercera, de manera que en las próximas semanas conoceremos -a detalle- la programación de las visitas al Perú, en cuyas diligencias se deberán recoger las diversas posiciones sobre este encrispado tema: la postura del gobierno, la oposición, gremios, iglesia, organizaciones no gubernamentales, etc. Todas estas posiciones con miras a emitir un informe.

Al respecto, es pertinente preguntarnos cuál es la fuerza vinculante de la resolución de la OEA y si acaso podría afectar algunas investigaciones contra el presidente de la República, Pedro Castillo, quien alegó, junto al canciller César Landa, que en el Perú se estarían promoviendo modalidades de golpe de Estado.  Esta posición fue reforzada durante el último mensaje a la nación que protagonizó el presidente Pedro Castillo, en cuyo contenido dijo ser víctima de una persecución política.

  • Juan Jiménez Mayor, exrepresentante de la OEA

No afecta. El artículo 17 y 18 están relacionados a posibilidades de riesgo que determina el gobierno al orden democrático, es una resolución exhortativa, pero no una resolución que pueda detener ninguna investigación. Está descartada totalmente la posibilidad de que se detenga un proceso judicial o investigación fiscal, o incluso las atribuciones propias del Congreso de la República, porque eso forma parte del mar constitucional interno del país que no puede ser afectado. 

 

  • Alexander Carranza, presidente del Centro de Estudios de Derecho Internacional Público de la USMP

No afecta. La resolucion de la OEA, el marco de su Consejo Permanente, tiene fuerza vinculante porque las acciones destinadas a promover un entendimiento entre las partes hacen depender el proceso a seguir del Consejo que puede llegar a la suspensión inmediata. El Perú no se encuentra en este supuesto, porque no es un tema político sino judicial en un proceso liderado por la fiscalía de la Nación. La resolucion de la OEA, el marco de su Consejo Permanente, para el caso del Perú no afecta el procedimiento judicial en desarrollo contra Castillo.

 

 

  • Roberto Pereira, abogado constitucionalista

No afectaría. (La resolución) es una declaración política, si bien es cierto podría estar relacionadas con algunas obligaciones internacionales del Estado, tiene una naturaleza política. Ha dado su respaldo al gobierno, pero es un respaldo político. No se ha referido al tema concreto de las investigaciones. Eso no debe influir en las investigaciones. La fiscalía debe continuar con sus investigaciones, al igual que el Congreso con su trámite a la acusación constitucional. 

 

 

¿La resolución debilitaría una moción de vacancia presidencial?

En opinión del abogado internacionalista, Alexander Carranza, este escenario sería más acotado al sistema de protección interamericano de derechos humanos (CIDH), en cuyo fuero ya existe una preocupación institucional respecto a forma inconsistente de tratar la incapacidad moral, entre otras figuras, en la legislación peruana.

Por su lado, Juan Jiménez Mayor sostuvo que el Congreso no tendría que limitarse a lo que podría ser una recomendación del Consejo Permanente de la OEA, pues el país y las autoridadas son soberanas en sus decisiones.

Al respecto, en 2012, en Paraguay, el parlamentario Fernando Lugo fue destituído del Congreso de su país, tras esto, se invocó la CDI. El informe final concluyó que no había existido ninguna irregularidad en su destitución porque se utilizó el marco constitucional.

En ese sentido, Juan Jiménez Mayor, postula un interesante razonamiento: la posibilidad de que un presidente de la República deje de ser presidente por los procedimientos establecidos en los propios marcos constitucionales es factible, en virtud a ese antecedente que la CDI examinó.

  • Luciano López, abogado constitucionalista

Tras conocer la decisión de la OEA en torno a la crisis política del Perú, el constitucionalista Luciano López sugirió una estrategia comunicativa sobre la visita de la comisión, además de cuestionar que el presidente Castillo y su canciller involucren a la comunidad internacional en una crisis nacional, dijo que la visita de la OEA podría beneficiar a la oposición, quienes tendrían que destacar la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas como argumento medular que sustenta la investigación y denuncia en contra del presidente Castillo.

Es importante remarcar que esta posición es clave en la denuncia constitucional que formuló la fiscal de la Nación contra el presidente Castillo y que legitimaría, de acuerdo a su opinión, una eventual acusación constitucional del Congreso contra el presidente de la República.

Si esa visita ocurre, hay que aprovechar ese ´flanco´abierto, porque Castillo está investigado y denunciado por actos de corrupción, repudiados por Estados Americanos.

Impacto económico pernicioso

Lo cierto es que, tras acudir a la instancia internacional de la OEA, la agencia de calificación crediticia internacional Fitch Ratings redujo la perspectiva del Perú de estable a negativa. Esta decisión se produjo debido al deterioro en la estabilidad política y porque la efectividad del Gobierno ha aumentado los riesgos a la baja para las calificaciones del Perú, según explicó la propia agencia. 

Fitch espera que el debilitamiento de las instituciones de gobierno político de Perú sea difícil de revertir durante el período de pronóstico de Fitch hasta fines de 2024 y que un gobierno más débil plantee mayores riesgos a la baja para la inversión y el crecimiento económico que la expectativa de Fitch a principios de este año.

La calificadora internacional sostuvo que la inestabilidad política, la alta rotación del gabinete y dos intentos fallidos de vacancia por parte del Congreso, ha propiciado un tumulto político. Esto sumado a las múltiples investigaciones de corrupción que involucran directamente al presidente o afiliados cercanos, así como la frecuente rotación de cargos ministeriales que han socavado la eficacia del gobierno.

Es importante recordar que, cuando el presidente de la República, Pedro Castillo Terrones y su canciller César Landa enviaron el oficio al secretario de la OEA, Luis Almagro, para que apliquen los artículos 17 y 18 de la Carta Democrática Interamericana (CDI), este medio explicó los alcances de los artículos invocados sobre el fortalecimiento y preservación de las instituciones democráticas.

Fortalecimiento y preservación de la institucionalidad democrática

Artículo 17

Cuando el gobierno de un Estado Miembro considere que está en riesgo su proceso político institucional democrático o su legítimo ejercicio del poder, podrá recurrir al Secretario General o al Consejo Permanente a fin de solicitar asistencia para el fortalecimiento y preservación de la institucionalidad democrática.

 

Artículo 18

Cuando en un Estado Miembro se produzcan situaciones que pudieran afectar el desarrollo del proceso político institucional democrático o el legítimo ejercicio del poder, el Secretario General o el Consejo Permanente podrá, con el consentimiento previo del gobierno afectado, disponer visitas y otras gestiones con la finalidad de hacer un análisis de la situación. El Secretario General elevará un informe al Consejo Permanente, y éste realizará una apreciación colectiva de la situación y, en caso necesario, podrá adoptar decisiones dirigidas a la preservación de la institucionalidad democrática y su fortalecimiento.

 

Estos artículos buscan salvaguardar la democracia de los país miembros. En el caso en concreto, el presidente y su canciller alegaron que en los últimos meses en el Perú se han producido diversos hechos de parte del Congreso, el Ministerio Público y otros órganos constitucionales, que alteraron el orden democrático, manifestaciones de los congresistas para retirarlo de su cargo, las solicitudes de vacancia presidencial, entre otros. 

 

Antecedentes de la CDI

Es importante recordar que la carta democrática fue suscrita en 2001, durante el gobierno del expresidente Alejandro Toledo Manrique. Tres años más tarde, en 2004, el expresidente solicitó la aplicación de la carta democrática y como consecuencia, 34 países de la OEA respaldaron su gobierno, en medio de una severa crisis política.

Sin embargo, a la fecha, Toledo se encuentra en los Estados Unidos y podría ser extraditado al Perú por presuntas coimas que habría recibido de la empresa brasilera Odebrecht.

En 2017, el también expresidente Pedro Pablo Kuczynski pidió la aplicación de la CDI, por las constantes tensiones entre el Ejecutivo y el Congreso. La OEA envió una misión diplomática, sin embargo, no se pudo evitar que en el 2018, PPK renunciara a su cargo, tras una inminente vacancia. A la fecha, el expresidente también está investigado por presuntos actos de corrupción.

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