La congresista Patricia Chirinos presentó el Proyecto de Ley 4168/2022-CR que plantea modificar el Código Penal para poder procesar por el delito de terrorismo a quienes incendien entidades públicas durante manifestaciones.
La redacción de la fórmula legal contempla diferentes supuestos, entre ellos, destrucción de la propiedad privada o pública, bienes muebles y/o inmuebles, incluso, quienes atenten contra medios de comunicación o transmisiones. Aquí un extracto del tipo penal:
El que durante manifestaciones, aprovechándose de éste, ataque, destruya, desmantele, incendie, o atente contra comisarías, hospitales, dependencias policiales o militares, aeropuertos, puertos, campamentos gasíferos, campamentos mineros, hidroeléctricas, edificios de las diferentes instituciones públicas, empresas privadas y construcciones consideradas como patrimonio cultural de la nación. Así como también, el que o los que atenten contra la integridad física, libertad, cuerpo y salud, secuestre, golpee, o producto de estos hechos cause la muerte de servidores públicos, autoridades, agentes de las fuerzas armadas, policía nacional, bomberos, con fines políticos será considerado como un acto de terrorismo y será sancionado con pena privativa de no menor a 30 años de cárcel.
En la exposición de motivos, la congresista comparó los atentados provocados por Sendero Luminoso y el MRTA con las tomas y destrucción de aeropuertos, además de las acciones de los manifestantes contra las sedes del Poder Judicial y la Fiscalía de la Nación. Líneas más abajo, enlista el número de locales privados y públicos que fueron destruidos:
En ese sentido, el proyecto también invoca información difundida por algunos medios de comunicación, en cuyo contenido asegura que la Policía Nacional del Perú ha identificado a miembros de Sendero Luminoso, quienes estarían detrás de los actos de violencia en Ayacucho.