El congresista Paul Silvio Gutiérrez Ticona de la bancada Bloque Magistral de Concertación Nacional presentó el Proyecto de Ley 4522-2022/CR, en cuyo contenido se propone la suspensión contra alcaldes que tarden en responder solicitudes de información pública.
En concreto, este proyecto busca que alcaldes y gobernadores regionales cumplan con los plazos regulados para la entrega de información de caracter público. Líneas más abajo, el proyecto indica que de aprobarse este proyecto, los alcaldes o gobernadores que no cumplan deberán ser procesados por el presunto delito de abuso de autoridad.
En esa línea, la fórmula legal del proyecto enlista a las entidad obligadas a brindar información ante un pedido de acceso a la información pública: gobiernos regionales, gobernador regional, municipalidades distritales y provinciales.
Artículo 8.- Entidades obligadas a informar
Las entidades obligadas a brindar información son las señaladas en el artículo 2 de la presente Ley.
Dichas entidades identificarán, bajo responsabilidad de su máximo representante, al funcionario responsable de brindar información solicitada en virtud de la presente ley. En caso de que éste no hubiera sido designado, las responsabilidades administrativas y penales recaerá en el secretario general de la institución o quien haga sus veces, en el caso de los gobiernos regionales, el gobernador regional y en las municipalidades provinciales y distritales son los alcaldes.
La suspensión de las autoridades públicas
En este proyecto de ley la suspensión de las autoridades públicas (alcalde, regidor, gobernador regional, provincial) se regula en el artículo 3, en cuyo contenido se contempla que debido al cumplimiento reiterado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública amerita una suspensión de las funciones por un periodo de 60 días.
Finalmente, esta iniciativa asegura que no le irrogará gastos adicionales al Estado.