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«Yo le compro al Perú» no es una frase nacionalista que incentive la competencia desleal contra marcas extranjeras

«Yo le compro al Perú» no es una frase nacionalista que incentive la competencia desleal contra marcas extranjeras

Por Redacción Laley.pe

lunes 27 de marzo 2023

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El Tribunal de Defensa de la Competencia Desleal y la Propiedad Intelectual de Indecopi resolvió en 2021 declarar infundada la denuncia que una importadora de barras de acero de México interpuso contra Aceros Arequipa, una conocida empresa peruana. La denuncia fue interpuesta debido a su publicidad, pues motivaba a los consumidores a «comprarle al Perú» y desconfiar de marcas extranjeras, según los argumentos de la denuncia.

Para la empresa Aceros Arequipa, la importadora de la marca mexicana, dichas piezas publicitarias habían incurrido en actos de competencia desleal en la modalidad de denigración contra las nuevas marcas que ingresaron al mercado peruano desde 2014.

Estas piezas fueron difundidas a través de todas sus redes sociales y transmitían al público un mensaje vinculado al riesgo y desventajas de comprar productos de marcas no tradicionales:

  • Jamás le confiarías tu familia a un desconocido
  • Basta de engaños
  • No te dejes engañar
  • No arriesgues tu hogar con marcas desconocidas
  • No arriesgues tu familia con marcas desconocidas
  • Dile NO a los fierros de marca desconocida

No solo eso. También difundieron publicidades con la frase «Yo le compro al Perú», para apelar a la familiaridad y la cercanía, así como incentivar en las personas la adquisición de productos nacionales.

[Img #35230]

En otro gráfico se puede notar un personaje cuya nariz estirada, en cuyo relieve se grabó la siguiente frase: «marcas desconocidas. Una clara alusión a la mentira.

[Img #35231]

Asimismo, el denunciante presentó videos publicitarios de Aceros Arequipa en el que relacionaba a las marcas desconocidas «con personajes como delincuentes o alcohólicos». Argumentos que para ellos desaccreditaban a otras empresas y cuestionaba la calidad de sus productos sin ningún sustento. 

También sostuvieron que en una entrevista al gerente general de Aceros Arequipa se mencionó que las empresas extranjeras no formaban parte del mercado.

 

4 Al respecto, Formamos Acero presentó 2 recortes periodísticos del diario “Gestión” del 2 de febrero y 29 de abril, respectivamente. En dichas entrevistas, el gerente general de Aceros Arequipa dio a conocer los planes de expansión de dicha empresa en una nueva planta, asimismo manifestó que esperaba que el Indecopi imponga derechos antidumping a las importaciones de acero provenientes de Brasil y México. 

Por esos motivos, la empresa mexicana que denunció a Aceros Arequipa solicitó una medida cautelar de cese inmediato de la presunta conducta infractora, así como la rectificación de los anuncios.

Análisis de la frase «Yo le compro al Perú»

Por su parte, la Secretaría Técnica de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal imputó a Aceros Arequipa la presunta comisión de actos de denigración, debido a que habría difundido una campaña publicitaria con frases cuyo contenido menoscababan la imagen, el crédito, la fama, el prestigio y la reputación empresarial de la denunciante y de su marca “Deacero”.

La Secretaria Técnica señaló que la campaña contendría afirmaciones nacionalistas, imágenes y recursos sonoros con carácter denigratorio que darían a entender a los consumidores que Formamos Acero sería una compañía que tratara de engañarlos sobre la calidad de  sus productos y que podría generarle irreparables perjuicios en la seguridad.

 

(ii) “Yo le compro al Perú”, acompañado de una imagen de una camiseta peruana, que transmitirían la idea de que solo los productos nacionales otorgarían garantía y las marcas desconocidas serían un riesgo para la seguridad de los consumidores.

¿Cómo se defendió Aceros Arequipa?

Aceros Arequipa argumentó que los anuncios publicitarios de la denunciante no hacían referencia o alusión directa o indirecta a dicha empresa o a sus productos. Solo se trataba de piezas gráficas difundidas a través de sus redes sociales.

Además, justificaron que Deacero cuente con más de 60 años de experiencia y reconocimiento en el mercado, por lo que no podría ser considerada una marca desconocida. 

El hecho de consignar imágenes de camisetas peruanas solo tenía como objetivo resaltar el origen de su marca y no buscaba menoscabar la reputación de otras empresas.

Resolución de Indecopi en ambas instancias

La Comisión de fiscalización de Competencia Desleal declaró infundada la denuncia presentada por la importadora de acero mexicano, pues al analizar los anuncios cuestionados no apreció la existencia de alusiones directas o indirectas que permitieran identificar características específicas de la marca de la denunciante.

 

La campaña solo hace mención a las ventajas de su oferta, tales como el origen peruano, la seguridad y garantía que brindan sus productos frente a aquellos similares que provienen de marcas cuyo origen se desconoce. Se señalan de manera genérica sin recoger algún distintivo que identifique a algún competidor.

 

El término “desconocido” y el verbo “desconocer” hacen alusión directo a lo no reconocido o ignorado y no necesariamente a un grupo de productos como aquellos que cuentan con un origen extranjero.

Formamos Acero apeló la resolución de la comisión y el caso se elevó al Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la propiedad intelectual, quienes debieron analizar las pruebas presentadas.

 

15. De la revisión de los anuncios difundidos y que han sido objeto de cuestionamiento, esta Sala aprecia lo siguiente:

 

(i) Los anuncios fueron difundidos por un mismo agente económico (Aceros Arequipa)

(ii) en un mismo período y espacio geográfico10

(iii) a través de diversos medios comunicación: escritos y redes sociales

(iv) respecto de un mismo producto (barras de acero o comúnmente denominados “fierros”); y transmitían un solo mensaje: incentivar la compra de barras de acero de la marca “Aceros Arequipa” en lugar de otras marcas desconocidas, ya que estas no brindan seguridad, garantía ni confiabilidad.

 

Un estudio de mercado entregado por el denunciante demostró que su marca sí era conocida entre las personas que se dedicaban al rubro de la venta de acero. Además, era percibida como una alternativa económica de los fierros de construcción, por lo que no se podría considerar que estuviese dentro de la categoría de «desconocidas».

Sobre las declaraciones del gerente de Aceros Arequipa que presentó el denunciante, Indecopi aclaró que el caso estaba limitado al análisis de actos de denigración de la marca competidora a través de la publicidad y no en manifestaciones que hayan podido ser vertidas por funcionarios de la empresa denunciada. Por lo tanto quedó desestimado.

Finalmente, el Tribunal verificó que el mensaje de la campaña publicitaria no contenían una indicación directa o una alusión inequívoca a la oferta de Formamos Acero, por lo que declaró infundada la denuncia.

Es importante recalcar que al declarar infundada la denuncia contra Aceros Arequipa, el Indecopi rechazó los argumentos en torno al supuesto nacionalismo que la Secretaría Técnica invocó como una posible infracción a la Ley de Represión de la Competencia Desleal. 

«Yo le compro al Perú&… by Redaccion La Ley – Perú

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