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ATENCIÓN: Ley 31751 frustra extradición al reducir plazo sobre prescripción de delitos a un año

ATENCIÓN: Ley 31751 frustra extradición al reducir plazo sobre prescripción de delitos a un año

El Estado no podrá extraditar a una ciudadana prófuga de la justicia, quien huyó hacia Argentina cuando se la investigaba por los delitos de peculado y falsificación de documentos. Sus abogados exigieron la aplicación de la Ley 31751 de forma retroactiva, es decir, que la norma beneficie a la investigada aunque los cargos imputados hayan ocurrido antes de que la entrada en […]

Por Francisco Chuquicallata Reategui

lunes 2 de octubre 2023

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El Estado no podrá extraditar a una ciudadana prófuga de la justicia, quien huyó hacia Argentina cuando se la investigaba por los delitos de peculado y falsificación de documentos. Sus abogados exigieron la aplicación de la Ley 31751 de forma retroactiva, es decir, que la norma beneficie a la investigada aunque los cargos imputados hayan ocurrido antes de que la entrada en vigor de la Ley 31751.

Esta norma fue publicada el 25 de mayo de 2023, pero «el último acto presuntamente delictivo de la investigada» se produjo en 1996, de acuerdo a la resolución a la que tuvo acceso Laley.pe. Es decir, transcurrieron más de 20 años sin que el Estado pudiera extraditarla, su proceso de extradición seguía en curso.

La Ley 31751 modificó el plazo de suspensión de la prescripción penal a un año (como máximo). Es decir, con su aplicación a nivel nacional, si un fiscal formaliza la investigación, el tiempo para que el delito prescriba se detiene, pero si tarda más de un año en investigar, el contador del plazo de prescripción se reanuda, con lo cual el delito prescribiría mucho más rápido y los fiscales tendrían que acelerar la investigación.

Ley 31751
(…)

Artículo 84. Suspensión de la prescripción

Si el comienzo o la continuación del proceso penal depende de cualquier cuestión que deba resolverse en otro procedimiento, se considera en suspenso la prescripción. La suspensión de la prescripción no podrá prolongarse más allá de los plazos que se disponen para las etapas del proceso penal u otros procedimientos. En ningún caso dicha suspensión será mayor a un año. 

Al amparo de esta ley, los delitos de peculado y falsificación de documentos imputados a nuestra clienta prescribieron hace mucho tiempo, alegaron sus abogados. El principio de retroactividad benigna exige que se aplique la Ley 31751. En el derecho penal se aplican las normas que favorezcan más al reo, aunque se hayan publicado después, en eso consiste la retroactividad benigna.

En este caso, el juez César San Martín de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema explicó que la contumacia (prófugo) suspendía de inmediato el plazo de prescripción, es decir, se detenía el contador para que el delito no prescriba mientras el investigado se encontraba prófugo. Sin embargo, este criterio fue modificado.

La suspensión no puede ser indeterminada en el tiempo, aclaró el magistrado al emitir su resolución suprema. La suspensión no puede durar hasta que se capture al contumaz como lo regulaba la norma anterior a la Ley 31751, agregó. El nuevo criterio señala de forma expresa que en ningún caso la suspensión sería mayor a un año: es el plazo único y definitivo.

Así, calculó los tiempos/plazos de prescripción para resolver el pedido de la ciudadana peruana sometida al proceso de extradición activa:

∞ El delito acusado, de peculado, está conminado con una pena privativa de libertad en su extremo máximo de ocho años, pero como se interrumpió por los actos procesales de investigación y juzgamiento, ésta se extendió a doce años (ex artículos 80 y 83 del Código Penal). Empero, por imperio del artículo 80, último párrafo, del Código Penal, el plazo en cuestión se duplica; esto es, veinticuatro años, al que solamente puede añadirse un año más por la suspensión en función a la declaración de contumacia. En consecuencia, el delito prescribió el diecisiete de septiembre de dos mil veintiuno. (sic)

Tras analizar los plazos, resolvió lo siguiente: en nuestro país el delito ya prescribió. No es posible instar una extradición si ya no cabe su enjuiciamiento. Debe resolverse en estos términos. El caso fue archivado de forma definitiva, con lo cual la investigada evitó ser extraditada y juzgada ante los tribunales peruanos.

Este fallo es importante, pues miles de ciudadanos (investigados por años) podrían acogerse a la prescripción penal tras la publicación de la norma. Hay quienes aseguran que genera impunidad, sin embargo, no es menos cierto que someter a un largo proceso de investigación a cualquier ciudadano plantea serias interrogantes sobre la justicia y la equidad.

 

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