El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial decidió prorrogar del 3 al 31 de marzo del 2022, la vigencia del Protocolo denominado “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio’’.
Cabe recordar que el trabajo remoto, tanto de los órganos administrativos como jurisdiccionales, se regulará conforme a lo establecido en la Versión N° 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”.
Jueces retornan a labores presenciales
Así, se dispuso que, desde el 3 al 31 de marzo del 2022, los jueces realizarán trabajo presencial diario, considerando que tienen despacho privado que garantiza las medidas de bioseguridad establecidas.
Las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia deberán adoptar las medidas necesarias para dicho fin.
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¿Qué ocurre si no cuentan con el esquema completo de vacunación?
Los jueces que no cuenten con el esquema de vacunación completa contra la Covid-19, y/o que hayan sido evaluados por el profesional médico de la respectiva Corte, efectuarán trabajo remoto.
Personal jurisdiccional y administrativo
Las labores del personal jurisdiccional y administrativo se realizarán en forma presencial diaria, las cuales se completarán con trabajo remoto.
Para preservar el aforo correspondiente, se realizará en dos turnos, mañana y tarde:
Primer turno: de 07:45 a 12:45 horas, complementándose con tres horas de trabajo remoto.
Segundo turno: de 13:30 a 18:30 horas, complementándose con tres horas de trabajo remoto
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El trabajo presencial se realizará obligatoriamente como mínimo cinco horas diarias; y, excepcionalmente, podrá fijarse en ocho horas diarias por la Presidencia del Poder Judicial y los presidentes de las Cortes Superiores de Justicia,
El trabajo remoto complementario se desarrollará según lo indicado en el reglamento correspondiente.
¿Qué ocurre si no cuentan con el esquema completo de vacunación?
El personal jurisdiccional y administrativo que no cuenten con el esquema de vacunación completa Covid-19, y/o que hayan sido evaluados por el profesional médico de la respectiva Corte, efectuarán trabajo remoto en el horario de ocho horas diarias
Resguardo, seguridad y vigilancia
Los servidores del Poder Judicial que realizan labores de resguardo, seguridad y vigilancia, prestarán dichos servicios en los horarios establecidos por su jefe inmediato, y, con sujeción a jornadas acumulativas, siempre que las mismas no excedan de 48 horas semanales.
Descargue la Resolución Administrativa N° 000068-2022-CE-PJ