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Servir: Solo el 5 % del personal en una institución pública pueden ser cargos de confianza

Servir: Solo el 5 % del personal en una institución pública pueden ser cargos de confianza

La Autoridad Nacional del Servicio Civil, como ente rector del sistema administrativo de gestión de recursos humanos, remarcó los criterios vigentes para las designaciones en las entidades del sector público. Entérese cuáles son en la siguiente nota.

Por Redacción Laley.pe

lunes 14 de febrero 2022

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Servir detalló tres importantes reglas que deberán ser verificadas por las entidades que decidan incorporar a nuevo personal de confianza permitido por la ley.

El cumplimiento estricto de estas reglas reduce las consecuencias de un mal desempeño en el servicio civil, que afectan gravemente la calidad de las intervenciones públicas en detrimento de los intereses de los ciudadanos.

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¿Cuáles son las reglas?

En primer lugar, corresponde verificar la existencia de un cargo en situación de previsto (no ocupado) en su cuadro para asignación de personal provisional (CAP provisional).

Luego, debe verificarse que la entidad cumpla con el límite legal de cargos de confianza, que en ningún caso será mayor al 5% de los servidores públicos existentes en cada institución, y, en ningún caso, será mayor a 50.

Finalmente, debe verificarse que la persona cumpla con los requisitos dispuestos para el cargo, disponible en el Manual de Clasificador de Cargos o Manual de Organización y Funciones o Manual de Perfiles de Puestos, según corresponda.

Perfil del puesto

El perfil del puesto, obligación indispensable incluso para los cargos de confianza, es una descripción concreta de los requisitos mínimos de un puesto de trabajo. Incluye las funciones, responsabilidades, así como la formación académica, habilidades y la experiencia necesaria que debe cumplir el servidor o la servidora, señala la entidad.

Estos perfiles se rigen en principios de transparencia, mérito, igualdad de oportunidades y contienen reglas claras que permiten a la institución identificar al candidato idóneo para ocupar un puesto o cargo específico.

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Asistencia técnica

Servir reiteró su disposición a brindar asistencia técnica a los jefes de las oficinas de recursos humanos de las entidades del sector público, o las que hagan sus veces, en la debida aplicación de la ley; sin perjuicio de la competencia de supervisión que ejerce, la que lamentablemente está recortada por falta de competencia sancionadora.

Cabe recordar que Servir cuenta con un Cuerpo de Gerentes Públicos, compuesto por 517 profesionales debidamente calificados, que podrían contribuir a la gestión de las nuevas autoridades.

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