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Colombia: Se ordena inclusión del género no binario en documento de identidad

Colombia: Se ordena inclusión del género no binario en documento de identidad

Corte Constitucional de Colombia ordenó incluir el género no binario en el documento de identidad. Este cambio se deberá realizar en un plazo de seis meses entre los marcadores de sexo del esquema de identificación. Más detalles aquí.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 2 de marzo 2022

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La Corte Constitucional de Colombia ordenó a la Registraduría que incluyese, en un plazo máximo de seis meses, la categoría del género ‘no binario’ en los documentos de identidad de la ciudadanía.

¿Cuál fue el caso?

Esto se origina al resolver un recurso de amparo de una persona que no se identificaba con su género y a la que le negaron el cambio de su nombre por segunda vez. El recurso fue presentado en contra de la Registraduría Nacional del Estado Civil y la Notaría Novena de Medellín.

Entidades que habrían comprometido sus derechos a la dignidad humana, a la personalidad jurídica, al libre desarrollo de la personalidad y a la libertad de conciencia, porque le negaron el cambio de su nombre por segunda vez y no modificaron, en sus documentos de identidad, el componente sexo en una categoría distinta a masculino o femenino.

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¿Qué dice la sentencia?

 

La sentencia señala que, «en conjunto dispongan todo lo necesario para la puesta en marcha de este esquema, de modo que las personas no binarias que cumplan los demás requisitos previstos en relación con la corrección del competente sexo, puedan optar por esa categoría, con las mismas garantías de quienes se identifican oficialmente en forma binaria».

Según la Corte Constitucional este sería solo, «un paso inicial hacia la participación social efectiva y que demanda trascender del reconocimiento formal».

Asimismo, se especifica que si transcurrido ese tiempo, no se ha puesto en marcha ese modo de identificación, estas personas podrán cambiar ante las autoridades competentes la asignación del género no binario en sus documentos de identidad.

Por otro lado, exhortó al Congreso de la República a regular, en un término de dos años, todos aquellos derechos, obligaciones y servicios que encuentran en el sexo o en el género, un criterio de asignación.

“Lo anterior, con el fin de especificar las condiciones en que la población con identidades de género no binarias accederá a ellos, en forma independiente”, precisó el falló.

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