![[Img #33211]](https://laley.pe/upload/images/04_2022/6494_copia-de-disenos-de-la-ley-12.png)
El Consejo de Ministros aprobó el Proyecto de Ley 1761/2021-PE, que propone la castración química para condenados por violación de la libertad sexual. El mismo fue elevado al Congreso de la República para su análisis y discusión.
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¿A qué delitos aplicaría?
El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Félix Chero, explicó que la medida es una pena accesoria propuesta para delitos de violación de la libertad sexual con penas determinadas de 15, 20 y 25 años, y no para delitos de violencia sexual sancionados con cadena perpetua, como los cometidos en agravio a menores de edad.
Asimismo, la medida se aplicará después de cumplida la pena. “Una vez que se cumpla la pena privativa de libertad, se aplica o se ejecuta la pena accesoria”, aclaró.
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¿En qué consiste la castración química?
La castración química consiste en la administración de fármacos a fin de reducir la libido o la actividad sexual del sujeto.
El exministro de Salud y urólogo Alberto Tejada señaló a RPP que esta consiste en ‘’en administrarle una sustancia a una persona, sea por la vía intramuscular o con pastillas, para inhibir la producción de testosterona, o contrarrestarla, y de esa forma inhibir el deseo sexual, el impulso y la propia erección del pene”.
Descargue el proyecto de ley 1761/2021-PE