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Poder Judicial confirmó sanción a centros de hemodiálisis por concertar precios

Poder Judicial confirmó sanción a centros de hemodiálisis por concertar precios

El 25 Juzgado Contencioso Administrativo de Lima rechazó las demandas de doce proveedores que fueron sancionados por Indecopi por concertar precios en los procesos de selección de EsSalud. Multas ascienden a 1620 UIT.

Por Redacción Laley.pe

viernes 20 de septiembre 2019

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El Vigésimo Quinto Juzgado Contencioso Administrativo de Lima declaró infundadas las demandas contencioso administrativas que fueron presentadas por doce proveedores sancionados por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), por concertar precios en los procesos de selección de EsSalud.

En el 2018 Indecopi determinó que 31 proveedores de servicios de hemodiálisis incurrieron en prácticas anticompetitivas destinadas a concertar precios en el marco de las contrataciones públicas que EsSalud realizó en Lima y Callao entre el 2010 y 2012, sancionándolos con multas equivalentes a 1 620 Unidades Impositivas Tributarias.

Los centros de hemodiálisis también se abstuvieron de presentarse a los procesos de selección convocados por EsSalud, lo que determinó que fueran declarados desiertos, con el objetivo de reforzar la eficacia del acuerdo de precios y presionar a la entidad para que incremente el valor referencial, situación que obligó a realizar sucesivas convocatorias por más de dos años, dificultando la prestación efectiva y oportuna del servicio de hemodiálisis, de vital importancia para la salud de los afiliados a EsSalud.

Debe señalarse que hasta la fecha solo 5 de los sancionados han pagado totalmente la multa impuesta por el Indecopi, las mismas que se detallan a continuación:

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