Domingo 05 de mayo de 2024 | Suscríbete al Newsletter de La Ley

Poder Judicial crea el Registro Nacional de Procesados

Poder Judicial crea el Registro Nacional de Procesados

Poder Judicial crea Registro Nacional de Procesados. Desde su implementación, interesados podrán acceder a información de personas procesadas (no condenadas) por los delitos de terrorismo, apología al terrorismo, violación de la libertad sexual y tráfico ilícito de drogas. Más detalles aquí.

Por Redacción Laley.pe

martes 11 de diciembre 2018

Loading

[Img #22976]

Se ha creado el Registro Nacional de Procesados, el cual deberá contener información de personas naturales y/o jurídicas procesadas por el delito de terrorismo, apología al terrorismo, delitos de violación de la libertad sexual y tráfico ilícito de drogas. 

Este registro será administrado por el Registro Nacional Judicial (RENAJU), órgano desconcentrado adscrito a la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación de la Gerencia General del Poder Judicial.

Así lo establece la Resolución Administrativa Nº 228-2018-P-CE-PJ, publicada el martes 11 de diciembre de 2018 en el diario oficial El Peruano. La norma establece que el Registro de Personas Procesadas deberá contener información de personas naturales y/o jurídicas, independientemente de la especialidad, la cual será proporcionada a solicitud del interesado o de las instituciones legitimadas, en virtud de las normas que regulen la materia, para lo cual se determinarán los filtros correspondientes, conforme a la información a proporcionar.

VEA TAMBIÉN: Nueva doctrina jurisprudencial penal sobre prisión preventiva

Se establece que la Subgerencia de Proyectos de Innovación de la Gerencia de Desarrollo Corporativo de la Gerencia General del Poder Judicial dirija, supervise y coordine la elaboración, control y ejecución del registro creado. Asimismo, se dispuso que la Gerencia de Informática, en coordinación con la Gerencia de Servicios Judiciales del Poder Judicial y la Gerencia de Desarrollo Corporativo, implemente el aplicativo informático que sirva de soporte para el “Registro Nacional de Procesados”.

Asimismo, se dispuso que el Registro Nacional Judicial (RENAJU), en coordinación con la Subgerencia de Proyectos de Innovación de la Gerencia de Desarrollo Corporativo, elaboren en un plazo no mayor de 30 días hábiles, las normas administrativas (Directiva y Procedimientos) que regulen el mencionado registro.

Como se recuerda, mediante el Decreto Supremo N° 004-2017-MINEDU, se aprobó el Reglamento de la Ley N° 29988, norma que estableció medidas extraordinarias para el personal docente y administrativo de instituciones públicas y privadas. Dicho decreto supremo creó el Registro de personas condenadas o procesadas por delito de terrorismo, apología al terrorismo, delitos de violación de la libertad sexual y tráfico ilícito de drogas; y dispuso, en su cuarta disposición complementaria final, que el órgano de gobierno del Poder Judicial sea el encargado de implementar el mencionado registro.

Cabe señalar que actualmente el Poder Judicial ya cuenta con el Registro Nacional de Condenas, el cual está a cargo del Registro Nacional Judicial (RENAJU), órgano desconcentrado adscrito a la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación, en el cual se inscriben todas las personas que cuentan con sentencia consentida o ejecutoriada por cualquier tipo de delito.

Ud. puede descargar esta norma aquí y/o leerla en nuestro archivo Scribd:

 

Res.Adm.228-2018-P-CE-PJ by on Scribd

NEWSLETTER DE LA LEY.PE

NOTICIAS RELACIONADAS