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Se requiere el consentimiento de todos los copropietarios para la independización del predio

Se requiere el consentimiento de todos los copropietarios para la independización del predio

Tribunal Registral indicó que se requiere la participación de todos los copropietarios en los actos que sean de disposición, gravamen y modificación del bien. [Resolución N° 579 -2021-SUNARP-TR-L]

Por Redacción Laley.pe

miércoles 28 de abril 2021

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En los títulos cuya rogatoria implica la independización de predio urbano o independización por subdivisión, deberá contar con el consentimiento expreso de la totalidad de copropietarios registrales, de conformidad con el artículo 971 inciso 1 del Código Civil.

Así lo ha señalado el Tribunal Registral en la Resolución N° 579 -2021-SUNARP-TR-L.

La copropiedad es el derecho de propiedad que recae en una pluralidad de personas sobre un mismo bien, quienes no ven materializado el derecho que les corresponde, sino que este se encuentra representado por una parte abstracta, esto es una fracción aritmética sobre la cosa común a la que se le denomina cuota ideal.

Al respecto, el artículo 971 del Código Civil regula las decisiones sobre el bien común, disponiendo lo siguiente:

“Las decisiones sobre el bien común se adoptarán por:

1. Unanimidad, para disponer, gravar o arrendar el bien, darlo en comodato o introducir modificaciones en él.

2. Mayoría absoluta, para los actos de administración ordinaria. Los votos se computan por el valor de las cuotas.

En caso de empate, decide el juez por la vía incidental”.

 

Entonces, conforme a la norma citada se puede afirmar que se requerirá participación de todos los copropietarios en los actos que sean de disposición, gravamen o que importen la introducción de modificaciones al bien; y, la mayoría absoluta, para los actos de administración ordinaria.

Asimismo, es pertinente señalar que para el cálculo de la mayoría absoluta debe tomarse como universo a la totalidad de participaciones sobre el bien común, esto es al 100. Por lo tanto, la mayoría la constituiría más del 50% de las participaciones sobre el bien común.

Lea y/o descargue la resolución AQUÍ.

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