Miercoles 03 de julio de 2024 | Suscríbete al Newsletter de La Ley

TC declara improcedente demanda contra el Decreto de Urgencia 014-2020

TC declara improcedente demanda contra el Decreto de Urgencia 014-2020

Tribunal Constitucional advirtió sustracción de la materia en la demanda contra el Decreto de Urgencia 014-2020, ya que este no continúa surtiendo efectos por encontrarse derogado. Mayor detalle en la nota.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 16 de junio 2021

Loading

[Img #30101]

Mediante sentencia del Expediente N° 00004-2020-PI/TC, el Tribunal Constitucional (TC) resolvió la demanda la de inconstitucionalidad contra el Decreto de Urgencia 014-2020, que regula disposiciones generales necesarias para la negociación colectiva en el Sector Público.

Como recordaremos, el 4 de marzo de 2020, el Colegio de Enfermeros del Perú, a través de su decana, interpuso demanda de inconstitucionalidad contra diversas disposiciones del decreto referido.

En tal sentido, el Colegio de Enfermeros del Perú cuestionó el Decreto de Urgencia 014-2020 por considerar que es una norma inválida toda vez que, a su criterio, ha sido emitida por un poder del Estado que no cuenta con las competencias para ello. Es por ello que solicita declarar inconstitucional toda la norma.

Por su parte, el Poder Ejecutivo sostiene que la exhortación del TC, alegada por el demandante, no debe ser entendida como el establecimiento de una formalidad de validez, mediante la cual solo se podría regular la negociación colectiva por medio de una ley del Congreso, sino que debería ser entendida como una exhortación general dirigida al legislador, facultad que durante el interregno parlamentario le correspondía al Poder Ejecutivo.

En atención a ello, el Alto Tribunal advirtió que el decreto de urgencia cuestionado ha sido derogado en su totalidad por el artículo único de la Ley 31114, “Ley que deroga el Decreto de Urgencia 014-2020, Decreto de Urgencia que regula disposiciones generales necesarias para la negociación colectiva en el Sector Público”, publicado el 23 de enero de 2021 en el diario oficial El Peruano.

Por tal motivo, se entendería que el derogado Decreto de Urgencia 014- 2020 no continúa surtiendo efectos, con lo cual, ya se habría producido la sustracción de la materia, por lo que corresponde declarar improcedente la demanda de autos, sostiene el Tribunal.

Usted puede leer y/o descargar la sentencia AQUÍ.

NEWSLETTER DE LA LEY.PE

NOTICIAS RELACIONADAS