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¿Cuáles son los alcances del principio de congruencia procesal?

¿Cuáles son los alcances del principio de congruencia procesal?

Corte Suprema determinó que se debe resolver las controversias en concordancia con los fundamentos de hecho y de derecho postulados en la demanda, a fin de evitar toda afectación al debido proceso. [Casación Nº 1099-2017 Lima]

Por Redacción Laley.pe

jueves 24 de junio 2021

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La congruencia procesal constituye el principio normativo que delimita el contenido de las resoluciones judiciales que deben proferirse de acuerdo con el sentido y alcance de las peticiones formuladas por las partes, para que exista identidad jurídica entre lo resuelto y las pretensiones.

Así lo determinó la Corte Suprema en la Casación Nº 1099-2017 Lima.

Criterio de la Corte

 

El Tribunal Supremo determinó que los jueces deben resolver los autos en concordancia con los fundamentos de hecho y de derecho postulados en la demanda, teniendo en cuenta que hacer lo contrario implica la afectación al debido proceso.

Asimismo, aclaró que el principio de congruencia procesal se encuentra íntimamente relacionado con el derecho a la debida motivación de las resoluciones y con el principio de iura novit curia.

Por otro lado, señaló que en conforme al artículo VII del Título Preliminar del Código Procesal Civil (CPC), el juez debe aplicar el derecho que corresponda al proceso, aunque no haya sido invocado por las partes o lo haya sido erróneamente. Sin embargo, no podrá ir más allá del petitorio ni fundar su decisión en hechos diversos a los alegados por las partes.

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De igual modo, citó el artículo 50 inciso 6) del CPC para recalcar que es deber de los jueces fundamentar los autos y las sentencias, bajo sanción de nulidad, respetando los principios de jerarquía de las normas y el de congruencia.

En función de esto, la Corte determinó que en toda resolución judicial debe existir coherencia entre lo solicitado por las partes y lo finalmente resuelto, sin omitirse, alterarse o excederse estas peticiones (congruencia externa); y, armonía entre la motivación y la parte resolutiva (congruencia interna).

Asimismo, advirtió que, en el caso, la sala superior que tomó conocimiento del proceso de cumplimiento de contrato en que se interpuso este recurso, al revocar el auto apelado que declaró infundada una excepción de caducidad; y reformándolo declaró fundada tal excepción careciendo de objeto pronunciarse sobre la apelación a la sentencia de primera instancia que declaró infundada la demanda, la misma que afectó el debido proceso y la motivación de las resoluciones.

Ante ello, la Corte declaró fundado el recurso de casación y ordenó a la sala superior correspondiente emitir una nueva decisión.


Lea y/o descargue la sentencia AQUÍ:

 

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