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Ingreso de pasajeros al Perú: MINSA pretende modificar norma con comunicados

Ingreso de pasajeros al Perú: MINSA pretende modificar norma con comunicados

Minsa estaría vulnerando el principio de legalidad en la administración pública al tratar de interpretar el cuestionado decreto supremo que prohíbe el ingreso de personas no vacunadas al país. Te contamos todos los detalles aquí.

Por Alexandra Muga

lunes 20 de septiembre 2021

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El pasado 17 de septiembre, se publicó un decreto supremo controversial sobre la presentación obligatoria de la cartilla de vacunación y la prueba molecular negativa como requisito para el ingreso al país.

El Decreto Supremo Nº 152-2021-PCM, que modifica el estado de emergencia, generó diversas dudas. ¿Qué pasará con los peruanos que han viajado al exterior y no han podido completar el proceso de vacunación?; ¿qué pasa con las personas que están en contra de los procesos de vacunación?; y, por último, si existen países que no han llegado ni al 40% de vacunación, ¿es razonable exigir tal requisito para el ingreso a nuestro país?

¿Qué dijeron las autoridades?

En un intento de subsanar los vacíos en la norma, el Ministerio de Salud (MINSA) en un comunicado señaló que para el ingreso de peruanos, extranjeros residentes y extranjeros no residentes, se necesita contar con una prueba molecular negativa no mayor a 72 horas antes del vuelo. Pero agregaron que, a partir del 20 de septiembre, a las personas no mayores de 18 años, procedentes de países con coberturas de vacunación superiores al 70%, se les solicitará certificar su vacunación.

En ese sentido, no queda muy claro si iban a requerir obligatoriamente la cartilla solo para pasajeros provenientes de países con coberturas de vacunación superiores al 70%. Esto considerando que son muy pocos los países con dichas tasas de vacunación.

Tasa de vacunación actuales

Así, hasta este 18 de setiembre, los únicos países con tasas mayores al 70% en Sudamérica son Uruguay (77,96%) y Chile (76,40%).

Por otro lado, los países no sudamericanos con tasas altas de vacunación son Emiratos Árabes (90.97%), Portugal (87,01%), España (79,97%), Francia (73,57%), Gran Bretaña (71.22%), Italia (73,34), entre otros. En dicha lista no se encuentra el país norteamericano que cuenta con el 62.97% de vacunados.

Lea también: COVID-19: ¿El Estado puede obligar a sus trabajadores a vacunarse?

Asimismo, el promedio en Sudamérica alcanza una tasa del 58,53%. En donde el Perú todavía se encuentra en menos de la mitad con un 37,03%.

MINSA se pronuncia otra vez

La autoridad se pronunció este 19 de septiembre, aclarando la redacción del Decreto Supremo. Así, agregaron que:

“Los peruanos, extranjeros residentes, y extranjeros no residentes cuyo destino final sea el territorio nacional, en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, deben contar con una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 72 horas antes de abordar en su punto de origen y sin carácter obligatorio la presentación del carné de vacunación del país donde se vacunó”.

En ese sentido, el MINSA a través de su comunicado estaría modificando el texto del numeral 8.7 del Decreto Supremo Nº 152-2021-PCM. Esta nueva aplicación de la normativa se da en respuesta a las confusiones propias de la redacción de la normativa en el diario oficial El Peruano.

Ahora, cabe preguntarnos si esta supuesta nueva aplicación o reinterpretación de la normativa puede ser realizada por la autoridad a través de un simple comunicado.

¿Qué sería lo correcto?

Como recordamos, la norma fue emitida a través de un decreto supremo que regula las medidas de emergencia sanitaria durante la pandemia. Por ello, para una correcta modificación, sería necesario que la autoridad emita un nuevo decreto supremo donde se agregue lo antes señalado en el comunicado de prensa. Pues, de la redacción original no se desprende tal interpretación, lo cual apunta más a una modificación que aclara el texto original.

Lo cierto es que, en la práctica, las autoridades no aplicarán el sentido literal del texto original. Es decir, no se exigirá la cartilla de vacunación en ningún caso, ni para los países con un porcentaje de vacunación alto. Así, la única manera de ingresa al país es mediante una prueba molecular negativa.

Estas idas y vueltas respecto al ingreso de pasajeros al Perú, solo demuestra la confusión que hay dentro de las entidades del actual gobierno. Situación que atenta contra el principio de legalidad de la administración y el estado de derecho.  

El panorama en otros países

De los países con el mayor porcentaje de vacunados, pero no mayor al 70%, se encuentra Estados Unidos. En dicho país la normativa de ingreso regula que los pasajeros deben presentar un comprobante de resultado negativo en la prueba de detección del COVID-19 de al menos 3 días de anticipación o constancia de recuperación, lo cual rige tanto para extranjeros como ciudadanos estadounidenses mayores de 2 años de edad.

Asimismo, uno de los países sudamericanos con el porcentaje más alto, Chile, regula que se debe adjuntar un resultado negativo de un test de PCR para SARS-CoV-2 con antigüedad mayor a 72 horas desde la toma de muestra hasta la hora de salida del último vuelo.

 Sin embargo, a partir del 2 de octubre, pasajeros deberán contar con la validación de su esquema de vacunación solicitada previamente al gobierno chileno, si no tienen el documento que certifica el esquema completo de vacunación deberán realizar una cuarentena de 7 días.

De igual forma, Uruguay regula como requisito entregar un certificado de test negativo de coronavirus realizado hasta 72 horas antes del inicio del viaje y una declaración jurada.

Además, en caso de no estar vacunados deben cumplir el aislamiento social preventivo obligatorio por el lapso de 7 días, debiéndose realizar al séptimo día un nuevo test.

Por otro lado, en el caso de estar vacunados dentro de los 6 meses previos y habiendo cumplido los catorce días para lograr la inmunidad efectiva, no deberán realizar cuarentena obligatoria.

Si quieres saber sobre las normas en otros países, lee también: ¡ÚLTIMO! Prohíben el ingreso al país a personas que no se hayan vacunado

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