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¿Cuándo una casación debe ser declarada fundada?

¿Cuándo una casación debe ser declarada fundada?

Corte Suprema determinó que casación debe declararse fundada cuando sentencia vulnera los principios de legalidad, acusatorio y congruencia procesal o adolezca de defectos en su motivación. [Casación N.° 1884-2018-AREQUIPA]

Por Redacción Laley.pe

viernes 5 de noviembre 2021

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Cuando una sentencia de apelación vulnera los principios de legalidad, acusatorio y congruencia procesal, y también adolezca de defectos en su motivación, la casación deberá ser declarada fundada.

Así lo estableció la Corte Suprema en la Casación N.° 1884-2018-AREQUIPA.

¿Cuál fue el caso?

 

Fiscal interpuso recurso de casación contra sentencia confirmaba sentencia en el extremo de la condena de 35 años a un condenado por delito de robo agravado, y absolvía a otro de los cargos por el mismo delito. Asimismo, excluyendo dichos extremos confirmo la sentencia de primera instancia.

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El fiscal fundamento que en la sentencia de primera instancia se estaría vulnerando el principio de legalidad y acusatorio. Además, alegó que existía un quebrantamiento de forma, pues no se observó la congruencia concursal y, por último, la sentencia presentaba una inadecuada motivación, ya que existía “ilogicidad”.

Principio acusatorio

La corte señala que el principio acusatorio significa que la existencia de un proceso penal está en función de una actividad de investigación y persecutoria que realiza el Ministerio Público, cuyo resultado determina los hechos objeto de incriminación. De ahí que uno de efectos esenciales de este principio, ligado al debido proceso, es la imposibilidad de emitir condena por hechos distintos a los acusados o condenar a persona distinta a la referida en la acusación.

Principio de congruencia recursal

El juez debe expresar los fundamentos de una respuesta coherente en su resolución que dicta, basado en las pretensiones y defensas traducidas en agravios formulados por los justiciables en su recurso impugnativo y que de esa manera se pueda justificar la decisión arribada en razones diversas a las alegadas por las partes. Este principio tiene una cierta vinculación con el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, el principio acusatorio y al contradictorio, así definió la corte el principio de congruencia recursal.

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Debida motivación

 

Respecto a la debida motivación, la corte precisó que es el derecho que tienen las partes a que la decisión judicial precise o exprese mínimamente los motivos o las razones que le permitan conocer los criterios jurídicos que sustentan la decisión judicial.

La corte señaló que en el presente se había vulnerado los principios antes mencionados y el derecho a la debida motivación, por lo que declaró fundada la casación.

Por último, se señaló que cuando una sentencia de apelación vulnere principios como los antes mencionados o adolezca de defectos de motivación, los recursos de casación serán declarados fundados.

Lea y/o descargue la sentencia aquí.

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