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2021: Balance en materia de seguridad social en pensiones

2021: Balance en materia de seguridad social en pensiones

En la siguiente nota, Soluciones Laborales nos presenta un balance, de autoría del abogado Eduardo Marcos Rueda, acerca de las disposiciones normativas sobre seguridad social en materia de pensiones expedidas en el año 2021.

Por Eduardo Marcos Rueda

miércoles 5 de enero 2022

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Prima de seguros

El año se inició con la elevación del porcentaje de la Prima de Seguros para invalidez y sobrevivencia, que se paga en el Sistema Privado de Pensiones. Se elevó de 1.35% a 1.74%, a partir de enero de este año. Se entiende que deberá ser hasta finales del año 2022.

SIUP

La Comisión Multipartidaria del Congreso de la República terminó con su labor y presentó un proyecto de la Ley Marco del Sistema Integrado Universal de Pensiones, SIUP.

Se crearía un nuevo Sistema (SIUP) con tres pilares (no contributivo, contributivo y voluntario) al que se trasladarían los afiliados del SPP y los asegurados del SNP, con una nueva entidad estatal y con gestores privados de inversión. La recaudación estaría a cargo de la SUNAT.

Devolución de aportes en el SNP

La Ley 31083, aprobada por insistencia por el Congreso, fue declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional. Establecía la devolución de aportes en el SNP para los activos e inactivos del Sistema Nacional de Pensiones hasta por una Unidad Impositiva Tributaria (UIT): para quienes habían cumplido los 65 años de edad y no tenían los requisitos para una pensión, la devolución total de sus aportes.

Fundamentos del TC: afectaba la naturaleza jurídica del Sistema Nacional, la intangibilidad de sus fondos, la sostenibilidad financiera, la competencia del Poder Ejecutivo para administrar la Hacienda Pública, la falta de iniciativa de los Congresistas para crear gastos públicos.

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Retiro de fondos en las AFP

En mayo, por insistencia, el Congreso, se aprobó la Ley 31192 que dispone un nuevo retiro de fondos en el Sistema Privado de Pensiones para sus afiliados. Puede retirarse hasta 4 UIT.

Con este retiro suman cinco, entre el 2020 y 2021:

– Decreto de Urgencia N° 34-2020 y Decreto de Urgencia N° 38-2020.
 

– Ley 31017
 

– Ley 31068
 

– Ley 31192

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP informa que, a octubre de 2021, 5´691,473 afiliados habían retirado cerca de 66 millones de los fondos.

Jubilación proporcional

En julio se promulgó la Ley 31301. Establece la jubilación proporcional en el Sistema Nacional de Pensiones, para asegurados con 65 años de edad y menos de 20 años de aportaciones. Se fija un mínimo de 10 años de aportaciones y se otorgarán pensiones con montos fijos: 250 o 350 soles mensuales.

La Ley tiene otras disposiciones: acreditaciones de aportes, percepción simultánea de pensión y remuneración, igualdad en la edad para jubilación adelantada, entre otras.

En noviembre, el Ministro de Economía informó que ya había 1,508 personas habilitadas para obtener una pensión y que, en su primer año, tenía un costo de 255 millones para el Estado. Que estaba debidamente presupuestado.

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Edad igual en la jubilación anticipada del SPP

En agosto, también por insistencia, el Congreso aprueba la Ley 31332 que uniformiza la edad para jubilación anticipada en el Sistema Privado de Pensiones: hombres y mujeres, en 50 años de edad. Se modifica la Ley 30939 que disponía 55 años para los hombres y 50 para las mujeres.

Conclusiones

Existieron disposiciones importantes, sin embargo, medidas aisladas.

Algunas de ellas se han aprobado por insistencia, lo cual denota una falta de consenso político y un mayor diálogo social con los actores del Sistema de Pensiones. Desde hace algunos años se ha dejado de lado la participación de los tres entes (Estado, empleadores y trabajadores) en las decisiones y en los entes administrativos, salvo EsSalud.

Finalmente, se sigue esperando el diseño y aplicación de una política de Cultura de Seguridad Social (no sólo de Previsión Social) y la reforma estructural que necesita el Sistema, en general, para superar deficiencias como la baja cobertura y la insuficiencia de las prestaciones, que provienen desde hace muchos años, en procura de un verdadero sistema de protección social.

Eduardo Marcos Rueda. Abogado y magíster con mención en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Máster en Estudios Avanzados en Seguridad Social por la Universidad Pablo de Olavide, Sevilla (España) y el Centro Interamericano de Estudios de Seguridad Social, CIESS (México). Docente universitario.

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