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El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) se encuentra preparando un proyecto de Decreto Supremo que plantea una serie de medidas a fin de restringir parcialmente el uso de la tercerización laboral.
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El proyecto propone que la tercerización laboral no pueda ser empleada sobre el ‘’núcleo principal’’ del negocio de las empresas, es decir, sobre labores que formen parte de su actividad principal.
La Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad (DGAEICYP) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) presentó un informe en el cual expuso que el proyecto presentado por el MTPE resultaba ilegal, dañino para el mercado, e inviable.
Infracción al principio de legalidad
El proyecto que busca aprobar el MTPE pretende modificar el reglamento de la Ley 29245, Ley que regula los servicios de tercerización, incluyendo el concepto ‘’núcleo del negocio’’; sin embargo, la propia ley no lo regula.
Ante ello, el MEF señala que el proyecto de decreto supremo excedería lo estipulado en la ley original, vulnerando el principio de legalidad. Asimismo, si dicha ilegalidad se materializa, se impondría una ‘’barrera burocrática ilegal’’.
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Efectos negativos en el mercado
Actualmente, un gran número de empresas se especializan únicamente en una sola actividad, tercerizando otras actividades de su proceso productivo mediante otras empresas que, a su vez, se especializan en dichas actividades. Dicho sistema es beneficioso para una mejor productividad de las empresas y una mayor calidad del producto o servicio final.
El proyecto planteado por el MTPE pondría en grave riesgo el referido sistema, afectando la productividad adquirida a través de la especialización, lo que originaría deficiencias en el mercado.
Asimismo, el proyecto afectaría el empleo formal, debido a que las empresas principales ya no podrían legalmente contratar personal tercerizado.
Propuesta sin sustento
El proyecto presentado por el MTPE expone que su justificación se basa en el uso indiscriminado de la tercerización laboral, y lo impactos negativos de este en los derechos de los trabajadores, debido al abaratamiento de los costos laborales.
El MEF refiere que el proyecto no presenta evidencia objetiva que justifique el supuesto ‘’uso indiscriminado’’ de la figura a fin de restringir su empleo. Asimismo, señala que los derechos de los trabajadores deben ser protegidos a través del fortalecimiento de las acciones de supervisión y fiscalización, mas no restringiendo la tercerización laboral.